El Deutsche Bundestag (Parlamento Federal alemán) debatió por primera vez el 14 de octubre de 2026 el proyecto de ley del Gobierno para reforzar la forma jurídica de las cooperativas. Tras el debate de 30 minutos, el proyecto, recogido en la Bundestagsdrucksache 21/8410 (documento parlamentario 21/8410), fue remitido para su examen posterior al Rechtsausschuss (Comisión de Asuntos Jurídicos), competente por razón de la materia. Todavía no se ha adoptado una decisión definitiva.
Modernización del derecho cooperativo
El proyecto de ley del Gobierno pretende agilizar la constitución de cooperativas, ampliar los procedimientos digitales y adaptar sus condiciones organizativas. La iniciativa legislativa también tiene por objeto aplicar un acuerdo del pacto de coalición correspondiente a la 21.ª legislatura y retoma el proyecto recogido en la Bundestagsdrucksache 20/14501, cuya tramitación no concluyó durante la legislatura anterior.
Inscripción en un plazo de 20 días hábiles
Un elemento central del proyecto es la agilización del procedimiento de inscripción, denominada «garantía de constitución en 20 días». En principio, los Registergerichte (tribunales del registro) deberán inscribir en el futuro una cooperativa de nueva constitución en un plazo de 20 días hábiles desde la recepción de toda la documentación constitutiva.
Por tanto, el plazo previsto presupone que se hayan presentado íntegramente todos los documentos necesarios para la inscripción. Se refiere al procedimiento ante el tribunal del registro y pretende limitar el tiempo transcurrido entre la recepción de la documentación completa y la inscripción.
Reducción de las obligaciones de información para las empresas
El proyecto de ley del Gobierno cifra en aproximadamente 536.000 euros el ahorro anual previsto para las empresas. Este importe deberá corresponder íntegramente a la reducción de los costes burocráticos derivados de las obligaciones de información.
Además de agilizar los procedimientos, el proyecto contiene otras disposiciones relativas a la digitalización de los procesos propios del derecho cooperativo. De este modo, se pretende adaptar el marco legal a los procesos digitales de comunicación y administración.
Cambios en la condición de socio y la estructura de dirección
La reforma prevista no afecta únicamente a los procedimientos de constitución e inscripción registral. También se contemplan modificaciones de los requisitos relativos a la composición de la base social, así como de las facultades y la composición del consejo rector.
Número mínimo de socios
Según el proyecto, una cooperativa deberá contar con al menos tres socios. Al determinar este número mínimo, las personas jurídicas no deberán computarse en determinadas circunstancias cuando exista identidad entre sus representantes.
De este modo, el proyecto delimita con mayor precisión qué socios computan a efectos del número mínimo exigido legalmente. Serán determinantes los requisitos previstos en el procedimiento legislativo para las respectivas relaciones de representación.
Limitación de los socios inversores
Se introducirá un límite máximo para los socios inversores. Su proporción no podrá superar el 50 por ciento del número total de socios.
La disposición limita así la participación numérica de esta clase de socios en la cooperativa. El límite máximo previsto se refiere al número de socios y no a la cuantía de las participaciones que posean.
Ampliación de la sujeción del consejo rector a instrucciones
Se ampliará el ámbito de aplicación de la sujeción del consejo rector a instrucciones establecida en los estatutos. El umbral aplicable aumentará de los 20 socios actuales a 150 socios.
El anteproyecto ministerial anterior todavía contemplaba un límite de 1.500 socios. En cambio, el proyecto de ley del Gobierno aprobado por el Bundeskabinett (Consejo de Ministros federal) el 15 de julio de 2026 establece el umbral inferior de 150 socios.
Normas aplicables a las ausencias temporales en el consejo rector
El proyecto también aborda las situaciones en las que los miembros del consejo rector no pueden ejercer temporalmente sus funciones. Entre ellas se incluyen, en particular, la protección de la maternidad, el permiso parental, el cuidado de familiares y la enfermedad.
Suspensión del ejercicio de las funciones del consejo rector
Para las circunstancias personales mencionadas se crearán disposiciones legales sobre la suspensión del ejercicio de las funciones en el consejo rector. Estas deberán regular la ausencia temporal de uno de sus miembros sin dejar sin resolver su condición de miembro del órgano ni las cuestiones estructurales relacionadas con ella.
Las disposiciones previstas se refieren a los siguientes supuestos:
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El ejercicio de las funciones en el consejo rector podrá suspenderse durante el período de protección de la maternidad.
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También se prevé la posibilidad de suspensión en relación con el permiso parental.
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La norma comprenderá las interrupciones motivadas por el cuidado de familiares.
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Lo mismo se aplicará a los períodos de ausencia por enfermedad.
Durante el período transitorio, el consejo de supervisión deberá designar a un miembro suplente del consejo rector.
Número de miembros del consejo rector inferior al exigido
Para el supuesto de fallecimiento de un miembro del consejo rector, el proyecto contempla una norma transitoria especial. En este caso, se permitirá que el número de miembros del consejo rector sea inferior al exigido durante un máximo de seis meses.
Esta limitación temporal permitirá una desviación transitoria respecto de la composición prescrita. Una vez finalizado dicho período, deberán volver a cumplirse los requisitos legales y estatutarios relativos a la composición del consejo rector.
Continuación del procedimiento legislativo
Tras la primera deliberación en el Bundestag, el proyecto de ley del Gobierno se encuentra en el Rechtsausschuss, competente por razón de la materia. Allí se llevará a cabo el examen sustantivo de las modificaciones previstas. Dado que el procedimiento parlamentario todavía no ha concluido, el contenido y el alcance de las disposiciones previstas aún pueden cambiar hasta la adopción de una resolución definitiva.
La reforma afecta a aspectos esenciales de la constitución, la configuración de los estatutos, la condición de socio y la organización de la dirección de las cooperativas. Las empresas, los inversores y otros interesados que tengan cuestiones jurídicas relacionadas con estas estructuras societarias encontrarán en MTR Legal un asesoramiento jurídico en derecho societario adaptado a las circunstancias de cada caso.