El Bundestag aprueba el convenio fiscal con Ucrania

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El Bundestag aprueba el nuevo convenio fiscal con Ucrania

Según el orden del día del Deutscher Bundestag (Parlamento Federal alemán), el 5 de noviembre de 2026 estaban previstas la segunda lectura y la votación final de la ley de aprobación del convenio para evitar la doble imposición celebrado entre Alemania y Ucrania el 19 de mayo de 2026; el Bundestag aprobó dicha ley (BT-Drs. 21/8245, documento parlamentario del Bundestag; BT-Drs. 21/8665, documento parlamentario del Bundestag). El convenio se refiere a los impuestos sobre la renta y tiene asimismo por objeto prevenir la reducción y la elusión fiscales.

El Bundesrat (Consejo Federal alemán) ya había acordado el 16 de octubre de 2026 no formular objeciones al proyecto de ley con arreglo al art. 76, apdo. 2, GG (Grundgesetz, Ley Fundamental alemana). Según el Gobierno Federal alemán, en el presupuesto federal de 2026 se dotaron las partidas necesarias para cubrir los costes asociados al convenio.

Sustitución del convenio de 1995

El nuevo instrumento sustituirá al convenio para evitar la doble imposición firmado en Bonn el 3 de julio de 1995. El convenio vigente comprende, además de los impuestos sobre la renta, los impuestos sobre el patrimonio. En cambio, el nuevo convenio limita su ámbito de aplicación material a la imposición sobre la renta.

La nueva redacción pretende seguir eliminando los obstáculos fiscales en las relaciones económicas entre Alemania y Ucrania. Al mismo tiempo, sus disposiciones esenciales se ajustan a la redacción y a los principios del Modelo de Convenio de la OCDE de 2017.

El convenio de 1995 seguirá siendo aplicable a los hechos producidos antes de la entrada en vigor del nuevo convenio. Por tanto, la transición temporal entre ambos marcos normativos no depende únicamente de la conclusión de los procedimientos internos.

Principales modificaciones de las normas tributarias

Residencia, establecimientos permanentes y beneficios empresariales

La nueva regulación contempla el derecho a acogerse al convenio de las entidades híbridas y de otras estructuras. Asimismo, contiene disposiciones sobre la condición de residente de las sociedades que se consideren residentes conforme al Derecho interno de ambos Estados contratantes.

Se modifican parcialmente los requisitos para la constitución de un establecimiento permanente. Para la atribución de beneficios a los establecimientos permanentes, el convenio tiene en cuenta el denominado enfoque autorizado de la OCDE (Authorised OECD Approach).

Dividendos, intereses y cánones

Varios tipos de retención en la fuente cambian con respecto al convenio vigente:

  • En el caso de dividendos procedentes de participaciones inferiores al umbral de participación pertinente, el tipo de retención en la fuente aumenta del 10 % al 15 %.

  • Cuando la participación sea de al menos el 20 %, el tipo de retención en la fuente aplicable a los dividendos se mantiene en el 5 %.

  • El tipo de retención en la fuente aplicable a los intereses aumenta del 2 % al 5 %. Esto afecta, en particular, a los intereses derivados de créditos bancarios y ventas a crédito.

  • Se suprime la exención fiscal que hasta ahora se aplicaba parcialmente a los cánones. En el futuro se aplicará un tipo uniforme de retención en la fuente del 5 %.

El informe del Finanzausschuss (Comisión de Finanzas del Bundestag) destaca, en particular, que Ucrania podrá retener en el futuro un 15 %, en lugar de un 10 %, sobre los dividendos abonados a pequeños inversores.

Ganancias patrimoniales, pensiones y retribuciones públicas

El convenio también redistribuye las potestades tributarias respecto de las ganancias patrimoniales derivadas de enajenaciones. En el futuro, las pensiones de los sistemas legales de seguridad social tributarán exclusivamente en el correspondiente Estado de la fuente.

Además, el Deutscher Akademischer Austauschdienst (Servicio Alemán de Intercambio Académico) queda incluido en los principios de tributación por el Estado pagador. Estas normas determinan qué Estado tiene la potestad tributaria sobre determinadas retribuciones abonadas con fondos públicos.

Cooperación entre las administraciones tributarias

Ampliación del intercambio de información

El convenio adapta el intercambio de información tributaria al estándar de la OCDE. Con ello se pretende ampliar la cooperación entre las administraciones tributarias alemana y ucraniana. También se actualiza la correspondiente cláusula de protección de datos.

Además, el convenio establece, con carácter general, la posibilidad de asistencia administrativa mutua en la recaudación de impuestos. Esto incluye el cobro de créditos tributarios, siempre que se cumplan los requisitos del convenio.

Protección frente al uso abusivo

Otras disposiciones tienen por objeto impedir que se reclamen de manera abusiva los beneficios del convenio. De este modo, el convenio combina la eliminación de la doble imposición transfronteriza con medidas contra la reducción y la elusión fiscales.

Asimismo, se crea una base para procedimientos de arbitraje internacional. Estos procedimientos pueden adquirir relevancia dentro del procedimiento amistoso previsto en el convenio cuando las autoridades competentes de ambos Estados no puedan resolver una controversia de mutuo acuerdo.

La entrada en vigor requiere la ratificación

Canje de los instrumentos de ratificación

De conformidad con el art. 29, apdo. 1, del convenio, este debe ser ratificado. Para ello deberán concluirse los respectivos procedimientos internos en Alemania y Ucrania. A continuación, los instrumentos de ratificación se canjearán a la mayor brevedad posible.

El convenio entrará en vigor el día de dicho canje. Actualmente no existe una fecha confirmada para la conclusión del procedimiento de ratificación ucraniano ni para el canje de los instrumentos.

Inicio de la aplicación tributaria

En el caso de los impuestos recaudados mediante retención, el convenio se aplicará a las cantidades pagadas a partir del 1 de enero del año natural siguiente al año de su entrada en vigor. Por tanto, su primera aplicación efectiva dependerá de la fecha del canje de los instrumentos de ratificación.

Para las empresas, los inversores y los particulares con vínculos fiscales con Alemania y Ucrania pueden resultar especialmente relevantes los tipos de retención en la fuente modificados, las normas sobre establecimientos permanentes y la transición temporal al nuevo convenio. MTR Legal presta asesoramiento sobre cuestiones transfronterizas en el marco de su asesoramiento jurídico en materia tributaria.