Rectificación es suficiente en caso de cambio de forma social conservando la identidad – OLG München 34 Wx 71/24 e
Según el MoPeG (Ley de Modernización del Derecho de Sociedades Personales), una sociedad civil (GbR) puede transformar su forma jurídica. Si una GbR se convierte, manteniendo su identidad, en una sociedad comanditaria (KG), que ahora se desea inscribir como propietaria en el registro de la propiedad, no es necesario que la GbR haya sido inscrita previamente en el registro mercantil. La rectificación en el registro de la propiedad es suficiente. Así lo decidió el OLG München con resolución del 22 de mayo de 2024 (Az.: 34 Wx 71/24 e).
El 1 de enero de 2024 entró en vigor la Ley de Modernización del Derecho de Sociedades Personales (MoPeG), que trajo consigo varios cambios. Así, una sociedad civil (GbR) puede fusionarse con otra sociedad o convertirse en otra forma jurídica, según la Firma MTR Legal Rechtsanwälte, que asesora, entre otros, en derecho societario.
Cambio de forma jurídica de GbR a KG
El cambio de forma jurídica, como de GbR a una KG, siempre implica particularidades legales que deben tenerse en cuenta. Esto también afecta la inscripción en el registro de la propiedad.
En el procedimiento ante el OLG München, tres socios de una GbR estaban inscritos en el registro de la propiedad como propietarios de un terreno. A principios de 2024, los socios fundaron una GmbH administradora, que se unió como otro socio a la GbR. Luego, la GbR se transformó en una sociedad comanditaria (KG). La GmbH administradora se convirtió en el socio general y los otros socios en comanditarios.
El notario inscribió la nueva KG en el registro mercantil y declaró que la sociedad comanditaria, que ya existía bajo los futuros comanditarios, continuaba siendo, en su esencia, idéntica en cuanto a bienes y fines a la sociedad civil. Además, informó que los futuros comanditarios, inscritos en el registro de la propiedad como socios de la GbR, habían autorizado que la designación del propietario se rectificara y se inscribiera la KG como propietaria del bien raíz. La KG también dio su visto bueno para el cambio de nombre.
Registro de la propiedad no coopera
Sin embargo, el registro de la propiedad no coopera. Argumentó que no se trataba de una corrección de una GbR, sino de la creación de una KG, ya que las sociedades no son idénticas en personas. La GmbH añadida como socio general no tiene relación con la GbR anteriormente inscrita. Por lo tanto, es necesaria una transmisión a la KG.
La apelación contra la decisión del registro de la propiedad fue exitosa en el OLG München. En el caso de un simple cambio de forma jurídica preservando la identidad del beneficiario, el registro de la propiedad en la sección I no debe corregirse según el § 22 GBO, sino solo rectificarse, aclaró el tribunal. Esto también se aplica cuando un nuevo socio ingresa durante la transformación de una GbR en una sociedad comanditaria. Porque el titular del derecho es la GbR jurídicamente independiente y no sus socios, aunque correctamente estaban inscritos en el registro de la propiedad, continuó explicando el OLG München. Por lo tanto, para la rectificación es suficiente un procedimiento de prueba libre, no se requiere una prueba estricta como en una inscripción en el registro de la propiedad. Más bien, son suficientes las autorizaciones de las partes, aclaró el tribunal.
Cambio de forma conservando la identidad
El OLG München añadió que, tras la entrada en vigor del MoPeG, la inscripción de un cambio de forma conservando la identidad de una sociedad civil a una sociedad comanditaria en el registro de la propiedad no presupone per se su previa inscripción en el registro mercantil. En los materiales del MoPeG se especifica incluso explícitamente que la disposición especial del art. 229 § 21 párr. 1 EGBGB n.F., que establece un requisito de previa inscripción para todos los casos de disposición sobre un bien raíz por una sociedad civil, no se aplica a una mera rectificación. Esto es válido también y precisamente para la inscripción de un cambio de forma conservando la identidad en el registro de la propiedad.
En el caso subyacente se presume un simple cambio de forma conservando la identidad. Los socios declararon en la inscripción en el registro la continuación de la GbR como KG. El cambio de forma conservando la identidad no constituye una disposición sobre el derecho de la sociedad al bien raíz que requiera una previa inscripción, según el OLG. Incluso la incorporación de la GmbH como otro socio no afecta la identidad.
En la inscripción en el registro mercantil se hace referencia solo a una continuación esencialmente idéntica en cuanto a objeto y activos. Sin embargo, no hay dudas sobre la conservación de la identidad. Más bien, la formulación implica que hay coincidencia en los puntos decisivos.
MTR Legal Rechtsanwälte asesora sobre la forma jurídica y otros temas de derecho societario.
No dude en contactarse con nosotros!