El Landesarbeitsgericht Baden-Württemberg (LAG Baden-Württemberg, Tribunal Regional de lo Laboral de Baden-Württemberg) reconoció a una trabajadora una retribución parcialmente superior para los años 2018 a 2022 (LAG Baden-Württemberg, resolución de 18 de agosto de 2026 – 2 Sa 14/24). Aunque la demandante no puede exigir la equiparación económica completa con un compañero identificado nominalmente, sí tiene derecho a percibir la diferencia entre su retribución y el salario mediano del grupo masculino de comparación situado en el mismo nivel jerárquico de la empresa.
Controversia sobre la igualdad retributiva por un trabajo de igual valor
Los hombres y las mujeres tienen derecho a percibir la misma retribución por un trabajo igual o de igual valor. Si una trabajadora recibe una retribución inferior a la de un compañero que realiza un trabajo igual o de igual valor, ello permite presumir, con carácter general, que la desigualdad se debe al sexo.
En el caso resuelto, la demandante reclamó retroactivamente a su empleador una retribución superior respecto de varios componentes salariales. Fundamentó sus pretensiones en la Entgelttransparenzgesetz (Ley alemana de transparencia retributiva) y en el principio general de igualdad de trato.
Pretensiones principal y subsidiarias de la demandante
Las reclamaciones de la demandante se basaban en dos criterios de comparación diferentes:
- Con carácter principal, exigió la equiparación económica con un compañero determinado.
- Con carácter subsidiario, reclamó la diferencia respecto al salario mediano del grupo masculino de comparación situado en el mismo nivel jerárquico.
- En relación con las acciones virtuales, reclamó subsidiariamente la diferencia respecto a las prestaciones concedidas por término medio, con independencia del sexo, a las personas empleadas de su grupo de comparación.
El salario mediano figuraba en un panel de transparencia retributiva de la intranet del empleador. El compañero identificado nominalmente por la demandante percibió entre 2018 y 2022 una retribución considerablemente superior al salario mediano del grupo masculino de comparación situado en el mismo nivel jerárquico.
Objeciones del empleador frente a las reclamaciones
El empleador negó que la demandante y el compañero identificado realizasen un trabajo igual o de igual valor. Además, alegó que el compañero llevaba considerablemente más tiempo trabajando en el nivel jerárquico pertinente.
Asimismo, el empleador atribuyó las diferencias retributivas a deficiencias en el rendimiento de la demandante. También objetó que los datos salariales del compañero se habían extraído ilícitamente de unas listas facilitadas al Betriebsrat (comité de empresa) para el ejercicio de sus funciones. Por ese motivo, dichos datos no podían utilizarse en el litigio.
Inexistencia de un derecho a la retribución del compañero identificado
El Landesarbeitsgericht estimó la demanda solo parcialmente. Negó que existiera un derecho a percibir la misma retribución que el compañero concretamente identificado.
Presunción desvirtuada en esta comparación
A efectos de su examen, el tribunal dio por supuestas tanto la admisibilidad de los datos salariales como la equivalencia de las actividades y la existencia de una presunción de discriminación por razón de sexo. No obstante, a juicio del tribunal, el empleador logró desvirtuar esta presunción en relación con el compañero identificado.
A este respecto, resultaron determinantes, valoradas conjuntamente:
- la estructura retributiva dentro del grupo masculino de comparación y
- la antigüedad considerablemente mayor del compañero en el nivel jerárquico correspondiente.
Según la valoración del Landesarbeitsgericht, estas circunstancias indicaban que la diferencia retributiva concreta no se debía al sexo de la demandante. Por tanto, la demandante no obtuvo la diferencia respecto al salario superior de dicho compañero.
Derecho a la diferencia respecto al salario mediano
El tribunal llegó a una conclusión diferente al efectuar la comparación con el salario mediano de los empleados varones situados en el mismo nivel jerárquico. A este respecto, el empleador no logró desvirtuar la presunción de discriminación por razón de sexo.
Por ello, durante el período comprendido en la demanda, la demandante tiene derecho a percibir la diferencia entre la retribución efectivamente obtenida y el salario mediano del grupo masculino de comparación. En consecuencia, la estimación de la demanda se limita a este criterio comparativo y no comprende la retribución del compañero identificado nominalmente.
Valoración separada de las acciones virtuales
En cuanto al componente retributivo consistente en acciones virtuales, el Landesarbeitsgericht aplicó el principio general de igualdad de trato. Conforme a este principio, la demandante puede reclamar la diferencia respecto a las prestaciones concedidas por término medio, con independencia del sexo, a las personas empleadas de su grupo de comparación.
También este derecho se limita al componente retributivo correspondiente y al criterio comparativo establecido por el tribunal. No da lugar a una equiparación completa con el compañero identificado.
Nueva resolución tras la devolución del asunto
La sentencia estuvo precedida por un procedimiento ante el Bundesarbeitsgericht (BAG, Tribunal Federal de lo Laboral). Mediante sentencia de 23 de octubre de 2025, este anuló la primera resolución del Landesarbeitsgericht, de 1 de octubre de 2024, y devolvió el asunto para que se dictara una nueva resolución (BAG, sentencia de 23 de octubre de 2025 – 8 AZR 300/24).
Tras la devolución del asunto, el Landesarbeitsgericht celebró una nueva vista el 14 de julio de 2026. El procedimiento de apelación concluyó con la resolución pronunciada el 18 de agosto de 2026. El Landesarbeitsgericht no autorizó la interposición de un recurso de casación ante el Bundesarbeitsgericht.
Importancia del grupo de comparación en materia de Equal Pay
La resolución pone de manifiesto que diferentes niveles de comparación pueden conducir a resultados divergentes. Una trabajadora puede ver desestimada su pretensión de equiparación con un compañero determinado y, aun así, obtener una estimación parcial si su retribución se sitúa por debajo del salario mediano del grupo masculino de comparación pertinente.
La cuestión decisiva sigue siendo si el empleador puede desvirtuar, respecto de cada comparación pertinente, la presunción de discriminación por razón de sexo derivada de la diferencia retributiva. A tal efecto, deben valorarse por separado la pareja concreta objeto de comparación, la estructura retributiva del grupo de comparación y los motivos alegados por el empleador.
Las empresas y las personas trabajadoras que tengan preguntas sobre igualdad retributiva, la Entgelttransparenzgesetz o el ejercicio y la defensa frente a reclamaciones relacionadas con la retribución pueden dirigirse a MTR Legal Rechtsanwälte para recibir asesoramiento jurídico en Derecho laboral.