Sentencia del TJUE del 13.02.2025 – C-472/23Quien toma un préstamo en el banco debe pagar intereses. Sin embargo, el banco también puede perder su derecho a los intereses si incumple con sus obligaciones de información. Así, el banco está obligado a comunicar de manera clara y comprensible a sus clientes la tasa de interés anual efectiva y su cálculo, así como cualquier cambio en el contrato. Así lo decidió el TJUE con sentencia del 13 de febrero de 2025 (Asunto: C-472/23).
Para los prestatarios es importante poder evaluar su carga financiera en relación con la concesión del crédito. Para esto, dependen de la información del banco. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclaró en su decisión que un banco debe tomar en serio sus obligaciones de información hacia los clientes. Porque en caso de incumplimiento, puede perder su derecho a intereses y costos, según el bufete MTR Legal Rechtsanwälte, que asesora, entre otros, en derecho bancario.
Indicación de la tasa de interés anual efectiva
En el procedimiento ante el TJUE, un consumidor de Polonia había firmado un contrato de crédito con un banco por el equivalente a unos 9.600 euros. A este importe se sumaron intereses y otros costos por un total de aproximadamente 5.600 euros. La tasa de interés anual efectiva para el crédito fue indicada como 11,18 por ciento. Además, según el contrato de crédito, el banco podría cobrar tarifas adicionales para procesos relacionados con la gestión del préstamo y el cambio de condiciones del contrato.
Según las condiciones contractuales, el banco podría aumentar tarifas y comisiones si se cumplía solo una de las condiciones contractuales enumeradas. Esto incluía, por ejemplo, el cambio del salario mínimo, el cambio en los salarios promedio, la evolución de los precios en distintas áreas o el cambio en las tasas de interés establecidas por el banco nacional polaco.
Del contrato de crédito también se desprendía que el banco no solo cobraba intereses sobre el contrato de crédito desembolsado, sino sobre los costos totales del contrato de crédito. Esto provocó el alto tipo de interés anual efectivo.
El banco incumple con las obligaciones de información
El consumidor se sintió perjudicado y cedió sus derechos del contrato de crédito a una empresa de cobro de deudas. Esta argumentó que el banco había violado sus obligaciones de información y, por lo tanto, exigió el pago de aproximadamente 2.900 euros, que el consumidor había pagado a la entidad bancaria en concepto de intereses y costos.
La empresa de cobro indicó que el banco había indicado una tasa de interés anual efectiva demasiado alta, violando así sus obligaciones de información bajo la ley de crédito al consumo. La cláusula utilizada era abusiva. Además, el banco no había indicado específicamente bajo qué condiciones podía aumentar las tarifas del contrato de crédito. Debido a estas infracciones, perdió su derecho a intereses y costos.
El tribunal polaco competente no estaba seguro si una violación de las obligaciones de información realmente llevaba a una pérdida del derecho del banco a intereses y costos y, por lo tanto, involucró al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
TJUE refuerza los derechos de los consumidores
El TJUE fortaleció los derechos del consumidor y aclaró que el banco puede perder su derecho a intereses y costos si incumple con sus obligaciones de información y, por lo tanto, el consumidor no puede evaluar el alcance de sus obligaciones financieras del contrato de crédito.
Los jueces en Luxemburgo primero aclararon que la tasa de interés anual efectiva y el monto total a pagar por el consumidor al momento de la firma del contrato de préstamo deben indicarse de manera clara y precisa. Una indicación incorrecta de la tasa de interés anual efectiva ocurre generalmente si se indica demasiado baja o demasiado alta. Sin embargo, al calcular la tasa de interés anual efectiva se asume que el contrato de préstamo tiene vigencia por el período acordado y que tanto el prestamista como el consumidor cumplen con sus obligaciones derivadas del contrato de crédito. Pero no se comete una violación de las obligaciones de información simplemente si la tasa de interés anual efectiva se indicó demasiado alta porque más tarde se determina que las cláusulas del contrato utilizadas eran abusivas.
Prestatario debe poder evaluar sus obligaciones financieras
Sin embargo, el banco debe formular clara y precisamente las condiciones para un cambio en las tarifas acumuladas. Si señala en el contrato indicadores que el cliente solo puede verificar con dificultad, esto podría constituir una violación de las obligaciones de información, según el TJUE. Si esta violación de información lleva a que el prestatario no pueda evaluar sus obligaciones financieras del contrato, el banco podría perder su derecho a intereses y costos. Tal sanción también es proporcional, aclaró el TJUE, aunque las sanciones pueden variar según la gravedad de la infracción.
La decisión del TJUE es decisiva para los contratos de crédito en toda la UE. En presencia de términos incorrectos o poco claros sobre la tasa de interés anual efectiva, los bancos pueden perder su derecho a intereses y costos.
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