Testamento de Berlín conlleva desventajas fiscales

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Legado y donaciones

 

Para las parejas casadas, el llamado testamento de Berlín o testamento conyugal es particularmente popular. Ofrece la ventaja de que, tras la muerte de uno de los cónyuges, solo el cónyuge sobreviviente hereda al principio y está así protegido de las reclamaciones de otros herederos. Sin embargo, también tiene la desventaja de que las exenciones en el impuesto de sucesiones no se pueden aprovechar de manera óptima. Es entonces cuando se deben considerar otras posibilidades de planificación, como un legado o donaciones.

Dicho de manera simplificada, en un testamento de Berlín, los cónyuges se designan mutuamente como herederos universales y, generalmente, a los hijos como herederos finales. Los hijos heredan solo cuando ambos padres han fallecido. Esto ofrece la ventaja de que el cónyuge de mayor edad está bien protegido financieramente frente a las reclamaciones de otros herederos y el patrimonio no se disuelve, ya que se evita la comunidad de herederos. Sin embargo, un testamento de Berlín no aprovecha las exenciones fiscales de los hijos en el impuesto de sucesiones. Por lo tanto, desde el punto de vista fiscal, el testamento de Berlín a menudo representa una desventaja, según la firma de abogados MTR Legal, que asesora, entre otros, en derecho sucesorio.

 

Exenciones del impuesto de sucesiones no utilizadas óptimamente

 

Actualmente se aplican exenciones en el impuesto de sucesiones de 500.000 euros para el cónyuge y 400.000 euros por cada hijo. Si un cónyuge es nombrado heredero universal mediante un testamento, la exención de 500.000 euros se agota rápidamente, mientras que las exenciones de los hijos no se utilizan. El problema se agrava si también fallece el segundo progenitor. Porque entonces, los hijos heredan de golpe todo el patrimonio de sus padres. Las exenciones de 400.000 euros a menudo no son suficientes entonces.

Para neutralizar en gran medida esta desventaja fiscal del testamento de Berlín, se deben considerar otras posibilidades de planificación, como un legado o donaciones.

 

Legado aporta ventajas

 

El legado se caracteriza por no recaer automáticamente en el heredero legal, sino que debe ser ordenado testamentariamente por el testador. Con el legado, el testador dispone que un determinado bien de la herencia, por ejemplo, un inmueble, joyas, cuadros, automóviles, etc., se transfiera a una persona específica. De este legado no se derivan otros derechos para el beneficiario del legado, quien tampoco se convierte en heredero por ello. El legado no le corresponde automáticamente tras la muerte del testador, sino que debe reclamarlo frente al heredero.

La ventaja es que un legado puede administrarse de tal manera que los hijos participen en el patrimonio ya en la primera sucesión, sin comprometer la seguridad financiera del cónyuge de mayor edad. Los beneficiarios del legado tienen entonces un derecho de cumplimiento contra el progenitor heredero. Este movimiento puede mitigar la carga del impuesto de sucesiones.

Quien quiera asegurarse de que el cónyuge sobreviviente no sea gravado financieramente por un legado, puede crear un llamado superlegado. De este modo, el cónyuge puede determinar las condiciones para el legado, la cantidad y, en gran medida, también el momento del pago. Al mismo tiempo, sigue siendo el único heredero y sucesor legal del testador. Desde la perspectiva del derecho fiscal, no obstante, debe considerarse la prohibición de elusión conforme al § 42 de la Ley Fiscal.

 

Reducir carga fiscal mediante donaciones

 

Otra manera de aprovechar óptimamente las exenciones fiscales es mediante donaciones en vida. En el impuesto sobre donaciones se aplican las mismas exenciones que en el impuesto de sucesiones, es decir, 500.000 euros para el cónyuge y 400.000 euros para los hijos. Sin embargo, las exenciones del impuesto sobre donaciones pueden volver a utilizarse completamente cada diez años. Con una planificación cuidadosa y previsora, se puede reducir considerablemente la carga del impuesto de sucesiones.

Incluso sin donaciones ni legados, todavía existen maneras de eludir las desventajas fiscales en el testamento de Berlín. Por ejemplo, el cónyuge sobreviviente puede renunciar a la herencia en favor de varios hijos para aprovechar sus exenciones en el impuesto de sucesiones. Los hijos, a su vez, podrían reclamar derechos de legítima. También de esta manera se podrían aprovechar mejor las exenciones.

Por lo tanto, el derecho sucesorio ofrece varias opciones. Cada posibilidad debe ser bien considerada legal y fiscalmente, y deben sopesarse las consecuencias.

MTR Legal ofrece asesoría en derecho sucesorio y en cuestiones sobre Impuesto de sucesiones.

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