Préstamo – sin co-responsabilidad en caso de inmoralidad

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Sentencia del tribunal regional de Potsdam sobre la co-responsabilidad y fianza en préstamos

Quien asume la fianza de un préstamo o firma el contrato de préstamo como co-deudor, asume un riesgo. Esto lo tuvo que experimentar también un matrimonio que había firmado dos contratos de préstamo junto con su hijo. Tras la muerte de su hijo, debían reembolsar los préstamos. Sin embargo, el tribunal regional de Potsdam decidió con sentencia del 12 de julio de 2023 que el matrimonio no tenía responsabilidad, ya que su co-responsabilidad al firmar los contratos de préstamo se consideraba inmoral (Ref.: 8 O 181/22).

Los bancos se aseguran al otorgar préstamos. Esto puede llevar a que, además del solicitante, otra persona deba firmar el contrato de préstamo como co-deudor o que una tercera persona asuma una fianza. Tanto un co-deudor como un fiador asumen un riesgo y responden con su patrimonio personal por las deudas del prestatario, señala la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, que, entre otros, asesora en derecho bancario.

El riesgo no solo existe en el papel

Legalmente, existen diferencias entre fiadores y co-deudores que deben considerarse. Mientras que el co-deudor es responsable solidario de las obligaciones del deudor desde el principio, el fiador solo puede ser reclamado cuando el deudor no pueda cumplir con sus obligaciones de pago.

Un matrimonio de pensionistas tuvo que aprender que el riesgo de responsabilidad no solo existe en el papel. Su hijo quería comprar una casa y para ello obtener dos préstamos en el banco. Sin embargo, el banco exigía garantías, por lo que sus padres también debían firmar los contratos de préstamo como co-deudores. Según el matrimonio, el intermediario financiero les aseguró que no corrían ningún riesgo, ya que el hijo podría reembolsar los préstamos con sus propios medios financieros sin problemas.

Contrato de préstamo firmado conjuntamente

Así, en noviembre de 2014 se formalizaron los contratos de préstamo por un total de 159,000 euros y, además del hijo, los padres, que ya eran pensionistas en ese momento, también firmaron los contratos. Las cuotas del préstamo, de unos 630 euros mensuales, las pagaba solo el hijo como se había acordado. En los contratos de préstamo solo se mencionaba su cuenta.

Algunas semanas después de formalizar los contratos de préstamo, la compra de la casa estaba asegurada. El hijo había prometido a sus padres poder vivir en un departamento en la planta baja de la casa. Alrededor de cinco años después, el hijo transfirió la casa a su esposa, quien más tarde sería la única heredera, como parte de una donación. Sin embargo, los padres no sabían nada sobre esto. Fueron sorprendidos desagradablemente cuando su hijo falleció un año después y ellos debían seguir asumiendo la devolución de los préstamos.

El banco rechazó la solicitud del matrimonio de ser liberados de la responsabilidad, ya que los padres habían firmado los contratos de préstamo y por lo tanto se habían convertido en prestatarios junto con su hijo.

Grave sobrecarga financiera

Sin embargo, el matrimonio luchó con éxito en contra de esta situación. Argumentaron que el banco debería haber reconocido ya al firmar los contratos de crédito que el matrimonio de pensionistas estaba gravemente sobrecargado financieramente con el reembolso del préstamo. Por lo tanto, su co-responsabilidad era inmoral. En una conversación con el intermediario financiero no fueron informados sobre sus riesgos. Pensaban que eran solo fiadores. Solo después de la muerte de su hijo se dieron cuenta de que estaban involucrados como prestatarios con plena responsabilidad personal en los contratos, dijeron los padres.

Por otro lado, el banco argumentó que los padres se habían convertido en verdaderos prestatarios. En los contratos de préstamo, fueron explícitamente designados como prestatarios y ante el notario declararon su responsabilidad personal por el gravamen hipotecario. No se podría hablar de inmoralidad.

Tribunal de Potsdam: Co-responsabilidad inmoral e inválida

Con esta argumentación, el banco no tuvo éxito en el tribunal de Potsdam. El tribunal determinó que el matrimonio de pensionistas estaba gravemente sobrecargado financieramente al firmar los contratos, por lo que su co-responsabilidad era inmoral y, por lo tanto, inválida.

Según la jurisprudencia del Tribunal Federal de Justicia, la existencia de inmoralidad depende principalmente del grado de desproporción entre el alcance de la obligación y la capacidad financiera del co-responsable o fiador. El mero hecho de una sobrecarga financiera no prueba aún la inmoralidad. Sin embargo, en un caso de grave sobrecarga financiera, el banco debe probar que la fianza o co-responsabilidad no fue asumida solo por una intensa vinculación emocional con el prestatario y que el banco no aprovechó inmoralmente esta vinculación emocional, explicó el tribunal de Potsdam.

 

MTR Legal Rechtsanwälte asesora sobre préstamos, fianzas, co-responsabilidad y otras cuestiones relacionadas con el derecho bancario.

 

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