Unos 255.000 euros fueron sustraídos por criminales mediante transferencias bancarias falsificadas. El banco debe indemnizar a la titular de la cuenta según una sentencia del OLG Karlsruhe del 12.4.2022 (Az. 17 U 823/20).
Los estafadores son ingeniosos cuando se trata de saquear cuentas bancarias ajenas. El derecho bancario establece que los titulares de las cuentas afectadas no están desprotegidos y el banco puede tener responsabilidad, explica la firma MTR Legal Rechtsanwälte, que centra su asesoramiento en derecho bancario. Los derechos de los clientes bancarios fueron reforzados por el OLG Karlsruhe con su sentencia del 12.4.2022.
En el caso presente, ver el saldo de su cuenta fue un shock para la cliente del banco. Sin su conocimiento, terceros realizaron un total de 13 transferencias desde su cuenta por un valor total de unos 255.000 euros. Dado que no había autorizado las transferencias, reclamó el dinero al banco.
El banco rechazó la reclamación. Era habitual que la demandante realizara órdenes de transferencia a su asesor de clientes por correo electrónico. A veces, adjuntaba las facturas correspondientes. Su asesor de clientes realizaba las transferencias y confirmaba a la demandante por correo electrónico.
Lo mismo ocurrió con las 13 transferencias disputadas. Según el remitente, los correos electrónicos procedían de la demandante y se adjuntaron las facturas correspondientes. Por lo tanto, el asesor de clientes ejecutó las transferencias. La diferencia fue que las órdenes de transferencia no provenían de la cliente.
El OLG Karlsruhe decidió que el banco debe indemnizar por el daño. Realizar órdenes de transferencia por correo electrónico es un método arriesgado y susceptible de falsificaciones. Puesto que el banco se adhirió a este método sin tomar más medidas de seguridad, también asume el riesgo y la carga de la prueba, decidió el tribunal. El banco debe probar que los correos electrónicos procedían de la cliente y no al revés.
Además, según un informe pericial, parece probable que la cuenta de correo electrónico de la demandante haya sido hackeada. El banco podría haberse dado cuenta de que los correos electrónicos se enviaron desde otra zona horaria y que diferían en contenido y tono de los correos habituales de la demandante, según el OLG.
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