El 1 de junio de 2022 entró en vigor el nuevo Reglamento Europeo de Exención por Categorías en Verticales. Las empresas deben prepararse para algunas novedades y cambios en el derecho de distribución.
El nuevo Reglamento de Exención por Categorías Verticales (Reglamento Vertikal-GVO) entró en vigor junto con las nuevas Directrices Verticales el 1 de junio de 2022. Regula cuándo se permiten o prohíben las restricciones de competencia. Esto afecta especialmente a los contratos de distribución, explica la firma de abogados MTR Rechtsanwälte.
Según el Art. 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), los acuerdos están prohibidos si causan impedimentos o reducciones perceptibles de la competencia. Según el Reglamento Vertikal-GVO, están exentos de esta prohibición los acuerdos entre empresas en diferentes niveles de la cadena de producción y distribución bajo ciertas condiciones. Esto incluye acuerdos verticales entre productor y distribuidor. En esencia, esto se mantiene igual.
El requisito es que ni el proveedor ni el comprador superen el umbral del 30 por ciento de cuota de mercado y no existan restricciones graves de competencia. En este contexto, se mantienen las denominadas restricciones básicas de fijación de precios verticales y las restricciones de territorios y clientes.
Hay cambios en la distribución dual cuando el fabricante vende sus productos no solo a través de distribuidores, sino también directamente al consumidor final. En este caso, solo es posible la exención si el intercambio de información está directamente relacionado con la implementación del acuerdo vertical o es necesario para mejorar la producción o la distribución. Por lo tanto, ciertos aspectos de la distribución dual ya no estarán exentos.
Otro cambio se refiere a las llamadas obligaciones de paridad. Aquí, el vendedor se compromete a ofrecer a sus socios contractuales condiciones que se correspondan con las condiciones de los canales de distribución de terceros, por ejemplo, otras plataformas, o las condiciones de los canales de distribución directa del vendedor, por ejemplo, sus propias páginas web. También aquí, ciertos aspectos según el nuevo Reglamento Vertikal-GVO ya no están exentos y deben ser evaluados caso por caso según el Art. 101 TFUE.
Por otro lado, se reducen ciertas restricciones. Esto afecta, por ejemplo, a la posibilidad del comprador de dirigirse activamente a determinados clientes o también a ciertos puntos en la venta online.
Otros puntos del nuevo Reglamento Vertikal-GVO se refieren, entre otros, a aspectos como las prohibiciones de competencia, la sostenibilidad o el privilegio de los agentes comerciales.
Los fabricantes y distribuidores deberían adaptarse a las nuevas regulaciones para evitar multas. Abogados experimentados en derecho de distribución asesoran.