Es debe dar prioridad a la disposición contractual
Después de una transacción empresarial, como la venta de participaciones societarias, pueden surgir disputas entre comprador y vendedor incluso después de la adquisición. El OLG Naumburg tomó una decisión importante en tal litigio post-M&A. Con sentencia de 26 de junio de 2023, dejó claro que una disposición acordada en el contrato de compra debe tener preferencia sobre una estipulación opcional legal (ref.: 12 U 23/23).
Particularmente en los contratos de compraventa de empresas, se suelen utilizar lo que se conocen como cláusulas de earn-out. Con esto se establece contractualmente que el comprador paga inicialmente un precio base y posteriormente una cantidad adicional definida por una cláusula de earn-out. Esto solo se debe pagar si se cumplen ciertas condiciones. En la transición de la empresa, inicialmente solo se debe pagar el precio base, según MTR Legal Rechtsanwälte, que tiene un enfoque de asesoramiento en el área de M&A.
Vendidas participaciones societarias en GmbH
En el caso subyacente ante el OLG Naumburg, un socio de una GmbH vendió sus participaciones a su socio. En el contrato de compra, las partes acordaron que el comprador pagaría una parte del precio de compra de inmediato y otra cantidad como participación en las ganancias, cuando se presentase el balance para el año fiscal.
Con la adquisición de las participaciones, el comprador se convirtió en el único socio de la GmbH. Como tal, adoptó en la asamblea de socios la decisión de que no habría distribución de beneficios para el año fiscal en cuestión, y por lo tanto, el antiguo socio tampoco recibiría una distribución proporcional. El único socio justificó la decisión con un pronóstico económico desfavorable para el año fiscal actual y el siguiente.
Con esta justificación, el vendedor no quedó satisfecho. A través de una demanda escalonada, solicitó información sobre el balance anual o sobre la información subyacente para poder cuantificar y demandar su participación en las ganancias. En primera instancia, el Tribunal Regional de Halle desestimó la demanda. El demandado no estaba obligado por el contrato de compra a influir en una decisión positiva sobre el uso de las ganancias para el año fiscal en cuestión, según el Tribunal Regional de Halle.
Derecho a información tras la venta
Sin embargo, en el procedimiento de apelación, el OLG Naumburg decidió de manera diferente. El tribunal resolvió que el demandante tenía derecho a información para, en su caso, derivar de ello un derecho de pago.
En su argumentación, el OLG Naumburg explicó que la buena fe, según la jurisprudencia constante del BGH, exige reconocer el derecho a la información cuando la relación jurídica entre las partes implica que el titular del derecho esté razonablemente confundido sobre la existencia y extensión de su derecho, y la otra parte pueda facilitar fácilmente dicha información.
En el caso presente, el demandante, como socio saliente, ya no tiene un acceso completo al año fiscal en cuestión y a los datos para calcular su participación en las ganancias. Sin embargo, el demandado, como único socio, puede proporcionarle fácilmente la información requerida.
Incumplimiento de obligaciones del contrato de compra
También existe la sospecha de que el demandado haya incumplido sus obligaciones del contrato de compra. Porque con su decisión como único socio de que no se realizará una distribución de beneficios para el año fiscal en cuestión, el demandado posiblemente incumplió una obligación del contrato de compra que establece que el derecho a la participación en las ganancias para el año fiscal en cuestión corresponde al vendedor, explicó el tribunal.
Según la ley, el § 29 Abs. 2 GmbHG concede a los socios un margen de discreción en la decisión sobre el uso de las ganancias, sobre si se distribuyen entre los socios o permanecen en la sociedad para fortalecer la empresa, según el OLG. Aquí, sin embargo, la parte demandada está obligada por el acuerdo de asignación de resultados del contrato de compra. Porque si los acuerdos en el contrato de compra de los socios sobre una participación en el negocio colisionan con la discreción legal según el § 29 Abs. 2 GmbHG, en general se debe dar preferencia a la disposición contractual sobre la disposición opcional de la ley, clarificó el OLG Naumburg. Así, el margen de decisión del único socio en relación con el antiguo socio también está limitado. En el contrato de compra, fue indudablemente acordado que los vendedores de las participaciones societarias, además del demandante, otros dos socios, tienen derecho a la distribución de ganancias para el año fiscal en cuestión, según el OLG.
La sentencia deja claro que los contratos de compra en las transacciones empresariales deben ser lo más detallados posible para evitar disputas después del acuerdo M&A.
MTR Legal Rechtsanwälte asesora en derecho societario y en el área M&A.
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