Inmoralidad en el testamento

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OLG Múnich sobre desheredar por matrimonio

La libertad testamentaria es un bien preciado. Sin embargo, también tiene sus límites. Así, las disposiciones testamentarias son ineficaces si son contrarias a la moral. La línea divisoria entre la libertad testamentaria y la inmoralidad a menudo es un punto de controversia. El OLG Múnich, en su resolución del 23 de septiembre de 2024, decidió que el testador podía amenazar a su hijo con desheredarlo en el testamento si se casaba con su compañera de vida (Exp.: 33 Wx 325/23).

Ciertamente no son buenos comienzos para un matrimonio cuando los futuros suegros rechazan rigurosamente a la nuera o yerno. Aunque no pueden impedir el matrimonio, pueden ejercer presión y amenazar con la desheredación. Sin embargo, como dejó claro el OLG Múnich, la línea hacia la inmoralidad no se cruza en un testamento por este motivo. Por tanto, la disposición testamentaria es válida, según el bufete de abogados económicos MTR Legal Rechtsanwälte, que también asesora en derecho sucesorio.

Desheredación por matrimonio

El testador en el caso subyacente era un empresario exitoso en el sector de la gastronomía. Se casó tres veces y tuvo dos hijos de matrimonios diferentes. En su testamento manuscrito del año 2016 designó a sus hijos como herederos. Para el hijo del primer matrimonio añadió: «Si mi hijo A. se casa con su compañera de vida C.L., será desheredado.» El hijo se casó con su compañera de vida en 2018 y cuando el padre falleció cuatro años después, el hijo del segundo matrimonio solicitó un certificado de herencia como heredero único. Argumentó que su medio hermano había sido desheredado por el matrimonio.

El tribunal de sucesiones rechazó la solicitud, ya que consideraba que la desheredación era inmoral. No obstante, el OLG Múnich llegó a una conclusión diferente. La desheredación del hijo del primer matrimonio no era inmoral. En este caso, prevalecía la libertad testamentaria del testador. Que el testador haya condicionado la herencia del primer hijo a no casarse con su compañera de vida, no violó automáticamente su libertad de matrimonio según el Artículo 6 de la GG, según el OLG Múnich.

Libertad testamentaria versus libertad de matrimonio

El OLG admitió que la jurisprudencia sobre la inmoralidad en disposiciones testamentarias es inconsistente. En el presente caso, sin embargo, la cláusula correspondiente no es inmoral, sino aceptable dentro del marco de la libertad testamentaria del testador. Como fundamento, el OLG Múnich expuso que la condición en el testamento solo ejerció una leve presión sobre el hijo del primer matrimonio. Pues el testador ya había anunciado previamente que desheredaría a su hijo si se casaba con su entonces compañera de vida. El hijo no se dejó intimidar por eso. Además, un heredero debería saber que aún conserva el derecho a su parte legítima.

Si el padre no hubiera amenazado al hijo previamente con la desheredación, una cláusula correspondiente en el testamento no podría ejercer presión sobre el hijo en cuanto al matrimonio, al menos no en vida del testador. Por lo tanto, el punto de partida para un examen de la inmoralidad es la simple declaración del padre y no su disposición testamentaria.

Aunque el padre utilizó su libertad testamentaria para influir en un ámbito de vida protegido por derechos constitucionales del hijo, a saber, la libertad de matrimonio, esto no conduce a la inmoralidad en el equilibrio entre los derechos fundamentales, aclaró el OLG Múnich.

Derecho a la parte legítima permanece

Debe considerarse que el hijo conserva su derecho a la parte legítima y también lo sabía cuando su padre le amenazó con la desheredación. Por tanto, no se ejerció una presión económica insoportable antes del matrimonio. Además, el hijo continuó trabajando en el negocio del padre incluso después de casarse. Esto también indica una falta de presión insoportable, según el OLG. El testador quiso principalmente evitar que la compañera de vida influyera en el negocio que él construyó y así proteger su legado. Por lo tanto, no hay inmoralidad, concluyó el OLG.

El OLG Múnich, con su decisión, ha reforzado la libertad testamentaria. Sin embargo, las disposiciones testamentarias también pueden exceder la línea de la inmoralidad. Por lo tanto, en caso de duda, se debe buscar asesoramiento legal.

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