Exención del impuesto de sucesiones para la vivienda familiar: Limitaciones con múltiples parcelas

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Sentencia del Tribunal Financiero de Baja Sajonia, Az. 3 K 14/23

Sobre la exención del impuesto de sucesiones en la vivienda familiar, el Tribunal Financiero de Baja Sajonia decidió el 12 de julio de 2023 que solo la parcela sobre la que se encuentra la vivienda familiar puede estar exenta del impuesto de sucesiones. En fincas más grandes, según la sentencia, solo una superficie razonable está exenta de impuestos (Az.: 3 K 14/23).

Si se cumplen ciertos requisitos, la vivienda familiar puede heredarse libre de impuestos. En el impuesto de sucesiones, debe tenerse en cuenta que la valoración de la propiedad inmobiliaria la realiza la agencia tributaria en cuya jurisdicción se encuentra el terreno. Los valores determinados deben incorporarse en la notificación del impuesto de sucesiones. Sin embargo, la exención fiscal para una vivienda familiar la decide la agencia tributaria competente para el impuesto de sucesiones. En la herencia de inmuebles, por lo tanto, pueden estar involucradas diferentes agencias tributarias, según la firma jurídica MTR Rechtsanwälte, que también asesora en derecho fiscal y en cuestiones de impuesto de sucesiones.

Una vivienda familiar, varias parcelas

Así también en el caso que el Tribunal Financiero de Baja Sajonia tuvo que decidir, participaron dos agencias tributarias. Al heredero le correspondieron seis parcelas de las cuales cinco estaban unidas en el registro de la propiedad formando una única finca. Sin embargo, la agencia tributaria encargada de la valoración del inmueble solo reunió tres de las cinco parcelas en la resolución sobre la determinación separada del valor de la propiedad y calculó el valor total. Indicaron que la exención fiscal para la vivienda familiar podría otorgarse solo para la parcela en la que está construida la casa. La agencia tributaria encargada de la determinación del impuesto de sucesiones compartió esta opinión.

En consecuencia, no otorgaron la exención del impuesto de sucesiones para el valor total determinado de las tres parcelas, sino solo para la parcela con la vivienda familiar construida. Sin embargo, el heredero exigió la exención fiscal para el valor total de las tres parcelas determinadas.

Exención del impuesto de sucesiones solo para la parcela con la vivienda familiar construida

Sin embargo, el Tribunal Financiero de Baja Sajonia rechazó su demanda. El tribunal compartió la opinión de la agencia tributaria de que solo la parcela efectivamente construida con la vivienda familiar será exenta del impuesto de sucesiones. En su justificación, indicó que la exención fiscal debe limitarse a una superficie de terreno catastral existente más pequeña. Si tal superficie no existe, también puede considerarse la limitación parcial de una parcela. De lo contrario, podría haber una doble ventaja fiscal para los familiares cercanos, que podrían beneficiarse tanto de altos umbrales de exención como de la exención fiscal por la vivienda familiar.

Revisión pendiente ante el BFH

El demandante ha interpuesto revisión, que está pendiente bajo el número de expediente II R 27/23 en el Tribunal Fiscal Federal.

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