Con la cerveza se acaba la diversión

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Infracción del derecho de competencia por declaraciones engañosas

En cuanto a la cerveza, el Tribunal Regional de Múnich no acepta bromas. Al menos no cuando las indicaciones en la etiqueta de la botella sobre el origen y la neutralidad climática de la cerveza no se toman muy en serio. Las declaraciones erróneas son engañosas para el consumidor y, por tanto, una infracción del derecho de competencia, determinó el Tribunal Regional de Múnich con sentencia del 8 de diciembre de 2023 y prohibió la publicidad correspondiente (Az.: 37 O 2041/23).

Con indicaciones geográficas de origen, se pueden generar en el consumidor ciertas expectativas sobre la calidad y el sabor de un producto, influyendo así en la decisión de compra. Por lo tanto, el consumidor no debe ser engañado sobre el origen geográfico de un producto, según lo afirma la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, que asesora, entre otros, en derecho de propiedad intelectual y en derecho de competencia.

Engaño al consumidor por indicación errónea de origen

Sin embargo, el Tribunal Regional de Múnich vio tal engaño sobre el origen en el caso presente. Aquí, una empresa comercial había indicado en la etiqueta de las botellas de cerveza una dirección conocida por las cervecerías en Múnich. De hecho, en esta dirección sólo se encuentra la sede administrativa de la empresa, pero la cerveza no se elabora en Múnich. Esto desconcertó a una asociación de competencia, que vio en ello una engaño sobre el origen de la cerveza. Además, la asociación también se opuso a la promoción de la cerveza con atributos como «producción climáticamente neutra» o «CO2 positivo».

La demanda de la asociación ante el Tribunal Regional de Múnich tuvo éxito. La dirección conocida por las cervecerías e indicada en la etiqueta de la botella es engañosa para el consumidor, determinó el tribunal. La dirección transmite la impresión de que la cerveza se produce allí, aunque de hecho no es el lugar de producción, sino solo la sede de la empresa comercial, según el Tribunal Regional de Múnich. El engaño sobre el origen de la cerveza es apto para influir en la decisión de compra del consumidor.

Lavado de imagen – Las declaraciones sobre neutralidad climática deben estar suficientemente fundamentadas

Además, la publicidad con las declaraciones «CO2 positivo» o «producción climáticamente neutra» constituye una engaño inapropiado de los consumidores, afirmó el tribunal. La empresa debería haber expuesto con suficiente transparencia en la etiqueta los criterios de evaluación para esta apreciación. Pero esto no sucedió. Un código QR que lleva a detalles adicionales no es suficiente. Incluso en el contexto del llamado «lavado de imagen», la empresa debe informar al consumidor de manera transparente sobre cómo se logra la supuesta neutralidad climática. Esto tampoco es evidente en la información en la página web de la empresa, aclaró el Tribunal Regional de Múnich.

La publicidad es un terreno delicado y no debe engañar al consumidor, como muestra la sentencia del Tribunal Regional de Múnich. Tales infracciones del derecho de competencia pueden dar lugar a advertencias, demandas de cese y desistimiento, y reclamaciones de indemnización por daños. Por lo tanto, en caso de duda, se debe buscar el asesoramiento de un abogado experto.

MTR Legal Rechtsanwälte asesora en derecho de propiedad intelectual y derecho de competencia.

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