Los créditos documentarios o cartas de crédito (L/C) son una manera para las empresas de protegerse contra incumplimientos de pago o demoras en los pagos en las relaciones comerciales internacionales.
En las transacciones internacionales, las empresas enfrentan varios riesgos como retrasos en el pago, incumplimientos o dificultades de entrega. Una forma de protegerse contra tales riesgos son los créditos documentarios o cartas de crédito (L/C), según la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, que también asesora a sus clientes en derecho comercial internacional.
En las transacciones comerciales exteriores puede transcurrir algún tiempo entre la entrega y el pago de las mercancías. Esto implica varios riesgos para el exportador, como cambios en la situación geopolítica o dificultades económicas, hasta la insolvencia del socio comercial importador. Si el importador ha realizado pagos por adelantado, puede enfrentarse a la falta o retraso en la entrega. Los créditos documentarios son una opción para mitigar estos riesgos. En este caso, un banco participa en la transacción.
En la práctica, esto significa que el banco de la empresa importadora asume frente al exportador una obligación abstracta de pago. De esta forma, el banco está en el deber de efectuar los pagos al exportador en lugar del importador. Se compromete a transferir el monto adeudado dentro de un plazo acordado, tan pronto como tenga los documentos acordados sin errores. Estos documentos incluyen, entre otros, la factura comercial, el conocimiento de embarque, la póliza de seguro, el certificado de origen, la lista de empaque o el certificado de control de mercancías.
El crédito documentario debe acordarse como un convenio de pago en el contrato de compra. Luego, el importador debe abrir el crédito documentario en su banco y depositar el monto. El banco puede liberar el dinero una vez que tenga los documentos acordados. El banco emisor comunica las condiciones del crédito documentario al banco del exportador y garantiza el pago del monto al cumplir con las condiciones.
Ambos socios comerciales pueden beneficiarse de un crédito documentario: los exportadores pueden protegerse así contra incumplimientos de pago y los importadores no han realizado pagos anticipados en caso de fallas en la entrega.
Es importante que ya en el contrato de compra se establezca claramente qué documentos deben presentarse para cumplir con las condiciones del crédito documentario. Para evitar disputas legales, las condiciones en el contrato de compra y el crédito documentario deberían coincidir.
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