BGH sobre la prohibición de competencia post-contractual

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Sentencia del BGH del 23.04.2024 – Az. II ZR 99/22

 

Una prohibición de competencia postcontractual para gerentes de GmbH también puede acordarse válidamente si una infracción conduce retroactivamente a la pérdida del indemnización por no competencia. Esto fue decidido por el BGH con sentencia del 23 de abril de 2024, fortaleciendo así la posición de las empresas (Az.: II ZR 99/22).

Durante el contrato en curso, existe generalmente una prohibición de competencia para los gerentes. Como esta prohibición ya existe según la ley, no necesita estar anclada contractualmente. Sin embargo, esto es diferente en el caso de una prohibición de competencia postcontractual. Esto debe ser acordado expresamente entre las partes en el contrato. Se deben cumplir estrictas pautas legales. Una violación de estas regulaciones puede conducir a la invalidez de la prohibición de competencia postcontractual, según la firma de abogados comerciales MTR Legal Rechtsanwälte, que asesora entre otros en el derecho societario.

 

Disputa sobre indemnización por no competencia

 

En el procedimiento ante el BGH, una GmbH y su antiguo gerente discutieron sobre el pago de una indemnización por no competencia. La demandante era una sociedad que opera clínicas de rehabilitación y curación, así como residencias de ancianos y hogares de cuidado. El contrato de empleo concluido en 2005 con el antiguo gerente de la sociedad incluía una prohibición de competencia postcontractual de dos años para el gerente. Además, se acordó contractualmente que todas las empresas que operan o puedan operar en el ámbito geográfico y material del negocio de la demandante se considerarán como empresas competidoras.

A cambio, el antiguo gerente debía recibir una indemnización por no competencia equivalente al 50 por ciento del salario mensual percibido más recientemente, siempre que cumpliera con la prohibición de competencia. Además, se acordó contractualmente que en caso de violación de la prohibición de competencia, el derecho a la indemnización por no competencia desaparecería y todos los montos ya recibidos debían ser devueltos a la sociedad.

 

Infracción de la prohibición de competencia postcontractual

 

En mayo de 2012, el demandado fue destituido como gerente por la sociedad y la relación laboral fue rescindida. Un año después, en junio de 2013, el demandado asumió un cargo como gerente en una empresa de consultoría. Entre sus clientes se incluían, entre otros, empresas de la industria de la salud y el cuidado de personas mayores, como clínicas, instalaciones de rehabilitación o instalaciones de cuidado de personas mayores.

El antiguo empleador vio en el nuevo cargo de su antiguo gerente una infracción a la prohibición de competencia de dos años. Por lo tanto, las partes discutieron sobre el pago de la indemnización por no competencia.

 

El KG Berlín considera que el acuerdo es desproporcionado

 

El gerente tenía derecho a una indemnización por no competencia de aproximadamente 48.000 euros hasta el inicio de su nuevo cargo. La sociedad no quería pagar el monto. El Tribunal de Cámaras de Berlín confirmó que el antiguo gerente había infringido la prohibición de competencia postcontractual. Sin embargo, la disposición de que una infracción de la prohibición de competencia también conduzca retroactivamente a la pérdida de la indemnización por no competencia, excedía la medida. Por lo tanto, el gerente tenía derecho a la indemnización por no competencia hasta el inicio de su nuevo cargo.

No obstante, el BGH llegó a una opinión diferente en el procedimiento de apelación. El derecho del demandado a la indemnización por no competencia había desaparecido porque había infringido la prohibición de competencia contractualmente regulada, según los jueces de Karlsruhe.

Una prohibición de competencia postcontractual solo está justificada si es necesaria para proteger a un socio contractual de la explotación desleal de sus logros por parte del otro socio contractual. Solo son efectivas si no exceden la medida necesaria en términos geográficos, materiales y temporales, explicó el BGH.

 

BGH confirma la desaparición retroactiva de la indemnización por no competencia

 

En el presente caso, no estaba en disputa que la prohibición de competencia fue acordada efectivamente. Si ese no fuera el caso, desde el principio faltaría la base para reclamar una indemnización por no competencia. Tampoco es injusta la cláusula de desaparición retroactiva de la indemnización por no competencia, según el BGH. Como justificante, el Senado argumentó que al acordar una prohibición de competencia postcontractual no se debe prometer una indemnización por no competencia. Si se paga y en qué monto una indemnización por no competencia, pueden decidir libremente las partes del contrato. En consecuencia, también pueden estipular contractualmente la desaparición retroactiva de la indemnización por no competencia.

El fallo del BGH contribuye a que las prohibiciones de competencia postcontractuales puedan hacerse valer mejor. Esto abre la posibilidad a las empresas de proteger efectivamente sus secretos comerciales de los competidores. Los gerentes, por otro lado, deben prestar mucha atención al contenido de un acuerdo sobre una prohibición de competencia postcontractual para proteger sus intereses.

 

MTR Legal Rechtsanwälte asesora sobre prohibiciones de competencia y otros temas de derecho societario.

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