Sentencias del BGH del 11.09.2024 – Ref.: I ZR 139/23 / I ZR 140/23 / I ZR 141/23
Los fotomurales y el derecho de autor llevan tiempo ocupando a los tribunales. El BGH ha dejado en claro con sentencias del 11 de septiembre de 2024 que la representación de un fotomural en Internet no viola el derecho de autor del fotógrafo (Ref.: I ZR 139/23 / I ZR 140/23 / I ZR 141/23).
Según el derecho de autor, las fotografías disfrutan de una protección extensa. Esto aplica tanto para el derecho de explotación como para el derecho moral del autor. El BGH ha dejado en claro que la protección del derecho de autor tiene sus límites. Si en las páginas de Internet se percibe un fotomural en el fondo, según la decisión del BGH no hay una violación del derecho de autor, explica la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, que asesora, entre otros, en derecho de la propiedad intelectual y derecho de autor.
Demanda por daños y perjuicios
La demandante en los procedimientos ante el BGH era la empresa de un fotógrafo profesional. La tarea de la empresa es comercializar las fotografías del fotógrafo como fotomurales. La demandante alegó una violación del derecho de autor porque en los sitios web de los demandados se podían ver fotomurales con fotos del fotógrafo.
En el procedimiento con número de expediente I ZR 139/23, la demandada había empapelado una pared con tal fotomural. Este mural es visible en videos de la demandada en Facebook. En otro caso, una agencia de medios publicó una captura de pantalla de un sitio web de un centro de tenis creado por ella. En el fondo de la captura de pantalla se puede ver el fotomural con una foto del fotógrafo (Ref.: I ZR 140/23). En el tercer procedimiento con número de expediente I ZR 141/23, el fotomural se ve en el sitio web de un hotel en la imagen de una habitación de hotel.
La demandante sostiene que las imágenes del fotomural violan los derechos de uso otorgados sobre las fotografías. Por lo tanto, en los tres procedimientos reclamó compensación por daños y costos de advertencia.
BGH: No hay violación del derecho de autor
Al igual que en las instancias inferiores, las demandas tampoco tuvieron éxito ante el BGH. Aunque los demandados habían reproducido y hecho accesibles al público las fotografías protegidas como obra fotográfica por derechos de autor. Sin embargo, no hay violación del derecho de autor, pues con la compra de los fotomurales los demandados también adquirieron implícitamente un derecho de uso, según el BGH. El criterio decisivo para un consentimiento implícito del autor es si se trata de usos habituales con los que el autor debe contar cuando hace su obra disponible libremente para los usuarios sin restricciones. Esto es afirmativo en los tres casos, según el BGH.
Debe esperarse la reproducción mediante fotos y videos en espacios decorados con fotomurales. Esto aplica tanto para fines privados como comerciales, explicaron los jueces de Karlsruhe para justificar su decisión. Al autor debería haberle quedado claro que un uso de este tipo puede ocurrir en el marco de un uso contractual de los fotomurales. Por lo tanto, podría haber acordado restricciones de uso contractuales y haber señalado estas restricciones, por ejemplo, mediante la colocación de una marca de derecho de autor visible para terceros.
Consentimiento implícito del autor
La validez de un consentimiento no requiere que se deba declarar a quien invade el derecho de autor. Así, los compradores de fotomurales que están en el mercado sin restricciones de derechos de autor pueden empapelar sus espacios con ellos y también subir fotos o videos de estos espacios a Internet. En la reproducción y acceso público realizados, pueden invocar un consentimiento implícito del autor, explicó el BGH.
Además, terceros también pueden apoyarse en un consentimiento implícito del fotógrafo si sus acciones de uso se consideran objetivamente habituales, según el BGH. También la agencia de medios en el procedimiento con número de expediente I ZR 140/23 puede invocar un consentimiento implícito del autor.
Renuncia al derecho de mención del autor
El Tribunal Supremo Federal dejó aún más claro en los tres casos que tampoco hay reclamaciones de daños por una violación del derecho de mención del autor. El autor ha renunciado a este derecho mediante un comportamiento concluyente en el marco de la distribución de los fotomurales.
El BGH, con sus sentencias, ha aportado más claridad sobre el uso de fotomurales y los límites del derecho de autor.
MTR Legal Rechtsanwälte tiene experiencia en derecho de la propiedad intelectual y asesora en cuestiones de derecho de autors.
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