Auditoría para sujetos pasivos con responsabilidad fiscal limitada

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Sentencia del BFH del 20.12.2023, Az.: I R 21/21

 

Una auditoría externa para personas con obligación tributaria limitada solo puede ser ordenada por la oficina tributaria y no por la Oficina Central Federal de Impuestos. Así lo aclaró el Bundesfinanzhof (BFH) con su sentencia del 20 de diciembre de 2023 (Az. I R 21/21).

Las personas con obligación tributaria limitada son aquellas que generan ingresos en Alemania, pero que no tienen ni residencia ni residencia habitual en Alemania. Solo se gravan los ingresos que la persona con obligación tributaria limitada genera en Alemania, no los ingresos que obtiene en otros países, según la firma de abogados MTR Legal que también asesora en derecho fiscal alemán e internacional.

El impuesto para personas con obligación tributaria limitada es recaudado por la Oficina Central Federal de Impuestos (BZSt). Sin embargo, el BZSt no es responsable de ordenar auditorías externas a personas con obligación tributaria limitada, como artistas que viven en el extranjero, para controlar la correcta ejecución del pago de impuestos. Esta tarea recae dentro de las responsabilidades de la oficina tributaria, aclaró el Bundesfinanzhof con su sentencia del 20.12.2023 sobre las competencias de las autoridades.

 

Auditoría empresarial en dirección de conciertos

 

El motivo de la decisión del BFH fue una auditoría empresarial en una sociedad de personas que maneja una dirección de conciertos en Alemania y organiza un festival de música anual. En el festival actúan regularmente artistas extranjeros. Los honorarios que los artistas extranjeros reciben por su presentación están sujetos a impuestos en Alemania.

El impuesto sobre la renta de los honorarios se recauda según § 50a Abs. 1 Nr. 1 o Nr. 2 EStG mediante la llamada retención de impuestos. Esto significa en la práctica que la dirección de conciertos retiene un porcentaje determinado de los honorarios y transfiere esta cantidad directamente al fisco alemán. Así procedió también la dirección de conciertos y envió los correspondientes informes a la BZSt responsable de la recaudación de impuestos.

 

Impuesto sobre la renta por honorarios de artistas extranjeros

 

En febrero de 2020, la oficina tributaria responsable de la dirección de conciertos ordenó una auditoría empresarial en la sociedad. El núcleo de la cuestión era el pago del impuesto sobre la renta de los honorarios de los artistas extranjeros. La dirección de conciertos se opuso a la orden de auditoría. El Tribunal Fiscal de Baja Sajonia dio la razón a la demanda en primera instancia, argumentando que no era la oficina tributaria local, sino la BZSt la responsable de verificar la correcta retención de impuestos en el marco de una auditoría externa.

El Bundesfinanzhof revocó la sentencia del Tribunal Fiscal de Baja Sajonia en apelación. Inicialmente, los jueces en Múnich confirmaron que era tarea de la BZSt llevar a cabo el procedimiento de retención de impuestos según § 50a Abs. 1 EStG. Esto también incluía la emisión de notificaciones de responsabilidad, notificaciones de recargo y su ejecución. Sin embargo, no es tarea de la BZSt realizar una auditoría externa.

 

La auditoría externa es responsabilidad de la oficina tributaria

 

La auditoría externa es una medida especial de aclaración de hechos que debe realizarse estrictamente según un procedimiento formalizado y que no forma parte de una evaluación o de una retención de impuestos. Por lo tanto, la auditoría externa es parte de las tareas de la oficina tributaria responsable, explicó el BFH y rechazó la demanda de la dirección de conciertos. Sin embargo, el BZSt no está impedido, en principio, de participar en una auditoría externa ordenada por la oficina tributaria.

En una auditoría empresarial o auditoría externa se pueden verificar todo tipo de impuestos. Cuándo se realiza una auditoría empresarial queda exclusivamente a criterio de la autoridad, es decir, de la oficina tributaria responsable. Los resultados de una auditoría empresarial pueden dar lugar a cambios en las liquidaciones de impuestos y a importantes pagos supletorios. Los contribuyentes también tienen la posibilidad de defenderse contra los pagos supletorios.

 

Reestimaciones y pagos supletorios de impuestos

 

Los pagos supletorios de impuestos pueden deberse, entre otras cosas, a una contabilidad poco clara o incompleta, lo que puede dar derecho a la oficina tributaria a realizar reestimaciones que a su vez pueden llevar a importantes pagos supletorios de impuestos. Sin embargo, existen límites para tales reestimaciones. Deben ser sobre todo lógicas, económicamente posibles y razonables. Si son excesivas, los afectados tienen buenas posibilidades de oponerse.

MTR Legal asesora en derecho fiscal y también representa sus intereses en caso de una auditoría empresarial.

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