TJUE sobre indemnización por daños no materiales tras infringir el RGPD

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Las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios debido a infracciones del RGPD solo existen si realmente se ha producido un daño. Así lo ha decidido el TJUE con sentencia del 4 de mayo de 2023 (Asunto C-300/21).

Las empresas gestionan grandes cantidades de datos personales sensibles. Esto impone altas exigencias a la protección de datos y las infracciones del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) pueden dar lugar a multas elevadas y reclamaciones de indemnización, explica la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, que también asesora a sus clientes en derecho informático y protección de datos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha decidido que las reclamaciones de indemnización por infracciones del RGPD solo existen si realmente se ha producido un daño. Sin embargo, los jueces en Luxemburgo no establecieron un umbral demasiado alto para la ocurrencia del daño. La gravedad del daño no es un requisito previo.

El caso ante el TJUE fue sobre un caso de Austria. Un hombre había demandado a la oficina de correos austriaca por daño inmaterial. La razón fue que la oficina de correos, con la ayuda de un algoritmo y características sociales y demográficas subyacentes, recopiló información sobre preferencias políticas. Estos datos no se publicaron, pero estaban destinados a fines de campaña electoral de los partidos. Esto resultó en una afinidad con un partido determinado para el hombre, lo cual no le agradó. Demandó por daño inmaterial conforme al Art. 82 RGPD.

El tribunal supremo austríaco presentó el caso al TJUE y éste decidió que una mera infracción del RGPD no bastaba para establecer un derecho a la indemnización. El derecho a indemnización está vinculado a tres requisitos: Primero debe haber una infracción del RGPD. Además, debe haberse producido un daño material o inmaterial y la infracción del RGPD debe ser la causa del mismo. Por lo tanto, no todas las infracciones del RGPD conducen automáticamente a reclamaciones de indemnización.

Sin embargo, el derecho a indemnización por daño inmaterial no requiere cierta gravedad. No hay casos triviales. El RGPD no establece criterios para la evaluación del daño, esto es competencia de los Estados miembros de la UE. Sin embargo, deben garantizar que se asegure una indemnización completa y eficaz por el daño sufrido, según el TJUE.

El manejo de datos personales requiere un alto cuidado según la sentencia de la UE. Abogados experimentados en derecho informático asesoran en MTR Legal Rechtanwälte sobre cuestiones de protección de datos.

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