TJUE – Las empresas deben informar sobre los destinatarios de datos

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Toda persona tiene derecho a saber a quién se han transmitido sus datos, según el TJUE. Tras este fallo del TJUE del 12 de enero de 2023, es probable que aumenten los requisitos de protección de datos para las empresas.

En el Derecho de TI, la protección de datos desempeña un papel esencial. La protección de datos personales se ha intensificado considerablemente con la introducción del Reglamento General de Protección de Datos – RGPD. En caso de infracciones contra el RGPD, las empresas podrían enfrentar sanciones significativas, explica la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, que se especializa en asesoría en Derecho de TI y protección de datos.

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 12/01/2023 (Asunto C-154/21) probablemente aumentará aún más los requisitos de protección de datos para las empresas. Esto se debe a que los datos personales fluyen entre muchas empresas. El TJUE ha dejado claro que cada persona tiene derecho a saber a quién se han transmitido sus datos personales. Las excepciones solo serían posibles en un marco estrecho, según el tribunal.

Ante el TJUE, se trató de un caso de Austria. Un ciudadano quería saber de la oficina postal austriaca a qué destinatarios se habían remitido sus datos personales, y se basó en el Reglamento General de Protección de Datos. Según el RGPD, toda persona afectada tiene derecho a saber a qué destinatarios específicos o a qué categorías de destinatarios se han revelado o se revelarán sus datos personales.

La oficina postal austriaca solo proporcionó información de manera fragmentada y durante el curso del proceso informó que los datos del demandante se habían transmitido a empresas publicitarias, empresas de venta por correspondencia o comercio minorista, empresas de TI, editoriales de direcciones, asociaciones, organizaciones de donaciones y partidos políticos. El Tribunal Supremo de Austria quiso saber del TJUE si la mención de tales categorías de destinatarios era suficiente o si había que comunicar los destinatarios concretos.

El TJUE decidió que en el caso de la transmisión de datos personales, la persona afectada tiene derecho a conocer, a petición, la identidad de los destinatarios. Limitar la información a categorías solo es admisible cuando no es posible identificar al destinatario o cuando la solicitud es manifiestamente infundada o excesiva. Este derecho a la información es necesario para que la persona afectada pueda ejercer sus otros derechos que le otorga el RGPD, según el TJUE.

Abogados con experiencia en Derecho de TI asesoran en MTR Legal Rechtsanwälte en cuestiones de protección de datos.

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