Revocación de la autoridad de gestión en la PartG

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Privación temporal de la autoridad sin resolución judicial – Sentencia del LG Stuttgart – Az.: 49 O 142/23

 

Tras una notable sentencia del Tribunal Regional de Stuttgart del 23 de enero de 2024, existe la posibilidad en una sociedad de socios (PartG) de retirar temporalmente a un socio la autorización para la gestión sin resolución judicial (Az.: 49 O 142/23).

Cuando los profesionales independientes desean unirse, la sociedad de socios puede ser una forma jurídica interesante con diversas ventajas. Por ejemplo, es posible constituirla sin capital inicial. En el contrato de sociedad no solo deben acordarse todos los puntos clave, sino también normativas adicionales sobre los derechos y deberes de los socios, según la firma de abogados MTR Legal, que asesora, entre otros, en derecho societario.

Como en cualquier otra forma societaria, también en la sociedad de socios pueden surgir conflictos. Por lo tanto, es ventajoso si ya se han acordado contractualmente medidas para la resolución de conflictos. Esto también lo refleja la sentencia del LG Stuttgart.

Privación de la autoridad de gestión regulada contractualmente

 

En el caso subyacente, cada socio de la sociedad de socios tenía, en principio, derecho individual a representar y gestionar la sociedad. En el contrato de sociedad se acordó que es posible la privación de la autoridad de representación y gestión por una razón importante tras la correspondiente resolución de los socios.

Uno de los socios presuntamente entró en conflicto con la ley. Desde 2019, se efectuaron investigaciones penales en su contra por sospecha de complicidad en fraude, deslealtad y complicidad en deslealtad mediante la participación en pagos a favor de otros acusados. Estos pagos se gestionaron a través de una cuenta fiduciaria de la sociedad de socios. En este contexto, también se realizaron registros por parte de la fiscalía. Los otros socios convocaron finalmente reuniones a finales de 2023 debido a estos acontecimientos. Allí, decidieron retirar al socio involucrado en la investigación penal la autoridad de gestión y representación temporalmente para la PartG hasta el 31 de diciembre de 2024.

El socio se opuso y argumentó que la resolución no había sido efectiva. Explicó que, entre otras cosas, el contrato de sociedad no estaba claro en ese respecto. Además, faltaba una razón importante para la privación de la autoridad de gestión y representación, ya que el proceso de investigación había sido conocido desde hacía tiempo y no podía proporcionar más información al respecto. Además, no había amenaza de daño a la sociedad por el mantenimiento de su autoridad de gestión y representación y no había violado sus deberes de socio.

Privación legal

 

Sin embargo, con este argumento no tuvo éxito en el LG Stuttgart. El tribunal dejó claro que la privación temporal de la autoridad de gestión y representación es legal y que la resolución fue tomada de manera formalmente válida.

La adopción de la resolución para la privación de la autoridad de gestión y representación se basó en el contrato de socios. Era claro que contractualmente se pretendía permitir la privación de la autoridad, señaló el tribunal. Esto tampoco contradice el marco legal del § 6 apdo. 2 PartGG. Se trata de una regulación especial para la gestión en sociedades de socios, según la cual un socio individual no puede ser excluido de la gestión de “otros negocios” pero sí de la gestión societaria. Sin embargo, la privación de la autoridad de gestión puede ser posible en casos individuales, según el LG Stuttgart. Esto es particularmente el caso cuando no se puede evitar de otra manera un daño inminente a la sociedad de socios.

Continuación no es razonable

 

La privación de toda la gestión es especialmente permitida cuando a los otros socios ya no les es razonable el mantenimiento de la autoridad de gestión y representación. Debido a la falta de disposición del socio a proporcionar información sobre el proceso de investigación, aunque tuviera acceso a partes del expediente, existe según el contrato de sociedad una razón suficientemente importante para la privación de la autoridad de gestión, explicó el LG Stuttgart. Que tal comportamiento destruye la confianza necesaria para una futura colaboración es comprensible. “Tal comportamiento es fundamentalmente adecuado para sostener resoluciones sobre la privación de la autoridad de gestión y poder de representación incluso en una sociedad de profesionales independientes”, hizo notar el LG Stuttgart.

Además, el tribunal aclaró que la privación de la autoridad de gestión y representación era permitida de acuerdo con las disposiciones del contrato de sociedad y no era necesaria una decisión judicial al respecto. El deber de lealtad habría obligado al socio a tener en cuenta los derechos e intereses de los otros socios.

La sentencia subraya la necesidad de regular el contrato de socios de forma lo más detallada posible para poder responder también a situaciones de conflicto.

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