Sentencia del OLG Frankfurt del 27.06.2024 – Az.: 6 U 192/23
Si se almacenan cookies en los dispositivos del usuario sin su consentimiento, no solo el operador del sitio web puede ser responsable, sino también el proveedor del software de seguimiento utilizado. Así lo decidió el OLG Frankfurt con la sentencia del 27 de junio de 2024 (Az.: 6 U 192/23). El OLG, con esta decisión, obligó a una gran empresa de TI a abstenerse de almacenar cookies en los dispositivos de los usuarios sin su consentimiento.
Cuando se visitan sitios web en Internet, regularmente se solicita al visitante que acepte o rechace el uso de cookies. Las cookies son pequeños archivos que se almacenan en los dispositivos de los visitantes de la web como PC, smartphones, etc., para que el visitante sea reconocido y se le muestre publicidad personalizada.
Usuario debe consentir el almacenamiento
Según el § 25 TDDDG, el almacenamiento de información en los dispositivos del usuario o el acceso a la información ya almacenada solo está permitido si el usuario final ha declarado su consentimiento sobre la base de información clara y completa. El usuario final debe ser informado, entre otras cosas, sobre quién accede a su dispositivo y de qué forma y con qué propósito se realiza esto. Al establecer cookies sin el consentimiento necesario, el usuario afectado puede tener reclamaciones de cese contra el operador del sitio web, según la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, que asesora en derecho de TI, entre otras áreas.
El OLG Frankfurt, con su sentencia del 27.06.2024, fue un paso más allá y decidió que también el proveedor del software de seguimiento puede ser responsable si las cookies son establecidas sin consentimiento.
En el caso subyacente, la demandante se había opuesto al almacenamiento y lectura de cookies sin consentimiento en sus dispositivos. La demandada es una filial de una empresa de TI. Su servicio ofrece a los propietarios de sitios web colocar anuncios en resultados de búsqueda y medir el éxito de la campaña publicitaria. Para ello, se recopilan con la ayuda de cookies datos sobre los visitantes del sitio web y se activan anuncios publicitarios dirigidos para los visitantes.
Información almacenada y leída con la ayuda de cookies
La demandada proporciona a los propietarios de sitios web un código que pueden integrar en su propia página web. Cuando se accede a la página, las cookies se colocan en el dispositivo del usuario o se leen las cookies ya presentes. La demandada obliga contractualmente a los operadores de sitios web a obtener los consentimientos necesarios de los usuarios. El consentimiento debe ser otorgado explícitamente mediante una acción confirmatoria. El consentimiento generalmente se puede obtener a través de los conocidos banners de cookies.
La demandante argumentó que en sus dispositivos se habían colocado cookies sin su consentimiento y exigió a la demandada que cesara dicha práctica.
El Tribunal Regional de Frankfurt había rechazado inicialmente la emisión de una orden preliminar. Sin embargo, en el procedimiento de apelación ante el OLG Frankfurt, la demandante tuvo éxito. El OLG consideró que la demandada, al establecer cookies sin la autorización necesaria, violó las disposiciones legales. La ley prohíbe a «cualquier persona el acceso a dispositivos terminales conectados sin el consentimiento del usuario final», destacó el OLG Frankfurt.
La prohibición también afecta a los proveedores de la tecnología
La prohibición afecta a cualquier persona que pretenda realizar una acción concreta de almacenamiento o acceso. Por lo tanto, la prohibición también incluye a la demandada que proporciona la tecnología correspondiente. Almacena información mediante cookies en los dispositivos de los usuarios y accede a la información almacenada obteniéndola de los propietarios de los sitios web. Así, causó de manera adecuada y causal el almacenamiento de cookies sin consentimiento, según el OLG Frankfurt.
La demandada tampoco puede confiar en que los operadores de los sitios web obtendrán el consentimiento. Porque sigue siendo responsable de la carga de la prueba y demostración de que el usuario consintió en la colocación de las cookies. Debe asegurarse de que este consentimiento esté presente, continuó el OLG Frankfurt.
Con esta decisión, el OLG Frankfurt ha aclarado que los usuarios pueden actuar contra los operadores de sitios web en caso de violaciones de la protección de datos a través del uso no autorizado de cookies, pero también contra los proveedores que proporcionan la tecnología correspondiente.
MTR Legal Rechtsanwälte asesora en derecho de TI.
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