Sobre las deudas fiscales aplazadas sin intereses durante el Corona, no se deben intereses de demora según un fallo del Tribunal Financiero de Münster del 26 de octubre de 2022 (Ref.: 13 K 1920/21).
Corona planteó enormes desafíos financieros a muchas empresas y autónomos. Para apoyarlos, el Ministerio Federal de Finanzas permitió durante la pandemia que las deudas fiscales pudieran ser aplazadas sin intereses bajo ciertas condiciones, explica el bufete de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, cuyos abogados también asesoran sobre cuestiones legales relacionadas con Corona.
Ahora, el Tribunal Financiero de Münster determinó que los intereses de demora deben ser perdonados si se había acordado un aplazamiento sin intereses del pago fiscal. En el caso subyacente, la oficina de impuestos había fijado en mayo de 2020 el impuesto sobre sociedades de 2018 para una asociación. Dado que la asociación tuvo que pagar un saldo adeudado, la oficina de impuestos también fijó los intereses de demora. Según la carta del Ministerio Federal de Finanzas del 19 de marzo de 2020 sobre “Medidas fiscales para considerar los impactos del virus Corona”, la asociación solicitó el aplazamiento sin intereses de todas las obligaciones de pago derivadas de la notificación de impuestos de sociedades para 2018.
La oficina de impuestos concedió el aplazamiento sin intereses de la deuda fiscal, pero rechazó perdonar los intereses de demora. La asociación se opuso y argumentó que los intereses no habrían surgido si la oficina de impuestos hubiera emitido la notificación de impuestos de sociedades antes del 1 de abril de 2020.
La demanda tuvo éxito en el Tribunal Financiero de Münster. Los intereses de demora deben ser perdonados, dictaminó el tribunal. En su justificación argumentó que la recaudación de los intereses de demora era objetivamente injusta. Debido al retraso en la fijación del impuesto, el demandante no obtuvo ninguna ventaja de liquidez y la oficina de impuestos tampoco sufrió ninguna desventaja de liquidez. En principio, la fijación del impuesto en mayo de 2020 era adecuada para provocar una ventaja de liquidez que la oficina de impuestos deseaba captar. Sin embargo, dado que el demandante indisputablemente tenía derecho a un aplazamiento sin intereses de la liquidación de impuestos de sociedades según la carta del BMF de marzo de 2019, no es evidente en qué consistiría una ventaja adicional de liquidez por la fijación de impuestos retrasada, dijo el tribunal, que permitió la apelación ante el Tribunal Federal Financiero.
Aunque la situación de Corona se ha relajado, quedan cuestiones legales. Los abogados de MTR Legal asesoran sobre problemas legales en relación con Corona.