Sentencia del OLG München – Az.: 6 U 3908/22
La publicidad con financiación al cero por ciento puede ser engañosa para el consumidor y, por tanto, infringir la ley de competencia. Así lo decidió el OLG München con sentencia del 19 de octubre de 2023 (Az.: 6 U 3908/22).
La publicidad es una herramienta importante en el comercio para atraer clientes, motivarlos a comprar o diferenciarse de las ofertas de la competencia. Esto es aún más cierto cuanto mayor es la competencia. Sin embargo, la publicidad siempre es una línea estrecha, y las afirmaciones publicitarias engañosas son inadmisibles y pueden llevar a advertencias y reclamaciones de indemnización, según el bufete MTR Legal, que asesora a sus clientes, entre otras cosas, en derecho de competencia.
La central del consumidor de NRW advierte sobre publicidad engañosa
También puede ser engañosa la publicidad con una financiación al cero por ciento, como se encuentra a menudo en el comercio en línea y también en el comercio físico. Tal oferta suena naturalmente atractiva. Sin embargo, los consumidores deben tener cuidado, advierte la central del consumidor de NRW. Porque tal oferta podría estar vinculada a la celebración de un contrato de crédito marco y entonces podría resultar caro para el consumidor.
La central del consumidor de NRW advirtió por esto a la empresa que opera las tiendas en línea de dos cadenas de mercados de electrónica, que publicitaba varios productos con una financiación al cero por ciento. Porque para el consumidor no es claramente evidente que no solo recibe un crédito a plazos sin recargo de intereses, sino que también firma un contrato de crédito marco. En el crédito marco solo en el primer uso no se incurre en intereses. En usos posteriores se calculan intereses altos en parte.
La demanda tiene éxito en el OLG München
Después de que la empresa operadora no respondió a la advertencia, la central del consumidor de NRW demandó y tuvo éxito ante el OLG München.
El OLG München dejó claro que las empresas que ofrecen una financiación al cero por ciento deben indicar de manera clara e inequívoca si a la oferta de financiación se adjunta un crédito marco. Además, el tribunal superior indicó que solo las empresas que cuentan con la autorización de la autoridad competente pueden mediar un crédito marco. La sentencia obliga ahora a los proveedores de tales financiaciones a ser más transparentes.
La publicidad engañosa y las infracciones de la ley de competencia pueden conllevar advertencias o demandas por cese. Para evitar tales consecuencias, se debe consultar a un abogado con experiencia en derecho de competencia.
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