OLG Múnich: Indemnización por violación de los derechos de autor

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Por violación de su derecho de autor, un fotógrafo tiene derecho a una indemnización. Esto fue decidido por el Tribunal Regional de Múnich con sentencia del 20 de junio de 2022 (Ref.: 42 S 231/21).

La originalidad creativa entre dos obras es un factor esencial para evaluar si hay una violación de derechos de autor. Es decir: Para evitar una violación de derechos de autor, la copia de la obra original debe mostrar tanta originalidad como sea posible, para que pueda considerarse como una nueva obra independiente, explica la firma de abogados MTR Rechtsanwälte. Sin embargo, un simple texto impreso en una foto es insuficiente para esto, como dejó claro el Tribunal Regional de Múnich.

En el caso subyacente, un fotógrafo profesional había tomado una fotografía de un artista de performance en un evento. La demandada publicó esta imagen en su perfil de Facebook, la adornó con una inscripción en una esquina y así expresó su propia opinión. El fotógrafo se opuso a este uso y tuvo éxito. En primera instancia, el Tribunal de Distrito de Múnich decidió que la demandada no debía usar la foto y debía pagar una indemnización. El uso de la foto no estaba cubierto, en particular, por el § 50 de la Ley de Derechos de Autor (UrhG) en el sentido de un informe sobre eventos de actualidad. También dejó claro el tribunal que el uso con fines de cita conforme al § 51 UrhG no estaba justificado.

El Tribunal Regional de Múnich confirmó en el proceso de apelación la sentencia de primera instancia. La demandada había adoptado la imagen casi sin cambios. Al añadir una pequeña inscripción, no se había creado una nueva obra de arte integral en la que se hubiera integrado la imagen protegida del fotógrafo, según el tribunal. También confirmó que el uso tampoco estaba cubierto por las limitaciones de las normas en cuanto a la información sobre temas del día. Esto solo es posible si la descripción de un hecho real está en el centro y no la expresión de una opinión propia. Aquí, sin embargo, la demandada no había usado la imagen para informar sobre el evento, sino más bien para dejar clara su propia opinión y usarla como su propia publicidad.

Tampoco se trata de una caricatura. Por la pequeña inscripción no se pueden reconocer diferencias perceptibles entre la copia y el original, agregó el tribunal.

Abogados experimentados en derecho de autor pueden asesorar.

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