Infracción de derechos de autor por drones

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No hay libertad de panorama para imágenes aéreas tomadas por drones – BGH I ZR 67/23

 

Los drones se utilizan de muchas maneras. Las fotos aéreas, por ejemplo, son populares. Sin embargo, es importante tener en cuenta los derechos de autor. Así, el BGH en la sentencia del 23 de octubre de 2024, decidió que las imágenes aéreas de obras de arte protegidas y accesibles al público, tomadas con la ayuda de drones, infringen los derechos de autor y no se amparan bajo la libertad de panorama (Case No.: I ZR 67/23).

La libertad de panorama es una limitación de los derechos de autor y está regulada en el § 59 de la Ley de Derechos de Autor. Según esta, las obras situadas en caminos, calles o plazas públicas pueden ser reproducidas por medio de pintura, gráfico, foto o película. Estas fotos u otras reproducciones también pueden ser publicadas, según el bufete de abogados MTR Legal, que asesora, entre otros, en protección de propiedad industrial y derechos de autor.

 

Las imágenes aéreas no están protegidas por la libertad de panorama

 

Sin embargo, había controversia sobre hasta dónde llega esta libertad de panorama y si incluye también las tomas aéreas. El BGH, en una decisión pionera, ha aclarado que las imágenes aéreas de obras de arte protegidas y accesibles al público, realizadas por drones, no están comprendidas en la libertad de panorama, fortaleciendo así los derechos de autor.

El caso que dio lugar a la decisión judicial suprema del BGH fue el siguiente: Un editor acusado había publicado un libro sobre las escombreras de Ruhrgebiet. El contenido de la guía turística incluía tomas aéreas realizadas por drones que mostraban varias instalaciones artísticas en las escombreras. Los creadores de estas obras habían firmado contratos de percepción con una sociedad de gestión colectiva que representa los derechos e intereses de los autores.

La sociedad de gestión alegó que las imágenes aéreas de las instalaciones artísticas publicadas en el libro violaban los derechos de autor, ya que estas fotos no estaban amparadas por la libertad de panorama. Por lo tanto, demandaron a la editorial por cese y desistimiento y daños y perjuicios.

 

BGH confirma la violación de derechos de autor

 

En el Tribunal Regional de Bonn y en el procedimiento de apelación en el Tribunal Superior de Hamm, la demanda tuvo éxito en gran medida. El BGH también rechazó la revisión del editor acusado. Los jueces de Karlsruhe determinaron que la editorial había interferido con el derecho a la reproducción y distribución de las obras protegidas por derechos de autor de los autores al publicar imágenes de dichas obras. La reproducción y publicación de imágenes aéreas tomadas con la ayuda de drones no está cubierta por la libertad de panorama según el § 59 Abs. 1 Satz 1 UrhG.

La libertad de panorama está destinada a la exención de obras cuando y en la medida en que forman parte de una escena de calle o paisaje perceptible por el público, explicó el I. Zivilsenat del Tribunal Federal de Justicia, responsable, entre otros, de los derechos de autor. Al interpretar la libertad de panorama conforme a la Ley de Derechos de Autor y realizar el equilibrio necesario entre la libertad de información y comunicación de los usuarios de la obra, por un lado, y el interés legítimo de los autores de disfrutar una participación adecuada en la explotación económica de sus obras, por otro, el interés de los autores debe valorarse más alto en el caso de imágenes aéreas realizadas por drones, dijo el senado.

Para la práctica, esto significa que las fotos de obras de arte protegidas por derechos de autor deben ser tomadas desde lugares que ya estén accesibles al público, por ejemplo, desde la calle. En este caso, a diferencia de las tomas realizadas con drones desde el aire, sí se aplica la libertad de panorama.

 

Protección amplia a través de derechos de autor

 

Las obras de escritores, músicos, pintores, fotógrafos están ampliamente protegidas por los derechos de autor. Esto también incluye las obras de arte visual o arte aplicado. El autor automáticamente posee los derechos de explotación de su obra, los cuales puede ceder a una sociedad de gestión colectiva. Asimismo, puede otorgar a terceros derechos de uso sobre su obra.

Este derecho de autor se ve restringido por la libertad de panorama. La libertad de panorama solo permite el uso de obras de arte que estén permanentemente situadas en caminos y plazas públicas y que puedan ser percibidas por el público. En el caso de imágenes tomadas por drones, tras la sentencia del BGH, se debe tener cuidado. Aquí, pueden surgir rápidamente violaciones de derechos de autor. Pueden resultar advertencias, demandas de cese y desistimiento y reclamaciones de daños y perjuicios.

En disputas legales sobre derechos de autor u otros asuntos de protección de propiedad industrial MTR Legal es su socio competente.

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