Infracción de derechos de autor por drones

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No hay libertad de panorama para fotografías aéreas tomadas por drones – BGH I ZR 67/23

 

Los drones son utilizados de manera versátil. Las fotos aéreas son especialmente populares. Sin embargo, se debe respetar el derecho de autor. Así, el BGH decidió con la sentencia del 23 de octubre de 2024 que las fotografías aéreas de obras de arte accesibles al público y protegidas, tomadas con la ayuda de drones, infringen el derecho de autor y tampoco están cubiertas por la libertad de panorama (Az.: I ZR 67/23).

La libertad de panorama es una restricción del derecho de autor regulada en el § 59 de la Ley de Derechos de Autor. Según esto, las obras que se encuentran en vías públicas, calles o plazas pueden reproducirse por medio de pintura, gráfica, foto o cine. También se pueden publicar estas fotos u otras reproducciones, según la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, que asesora, entre otros, en la protección legal industrial y en el derecho de autor.

 

Las fotografías aéreas no están protegidas por la libertad de panorama

 

Sin embargo, se discutía hasta dónde se extiende esta libertad de panorama y si también abarca las tomas desde el aire. El BGH ahora ha dejado claro en una decisión pionera que las fotografías aéreas de obras de arte protegidas accesibles al público, realizadas por drones, no están cubiertas por la libertad de panorama, fortaleciendo así el derecho de autor.

El hecho detrás de la decisión del BGH fue el siguiente: La editorial demandada había publicado un libro sobre las escombreras del Ruhrgebiet. El contenido del guía de viaje incluía tomas aéreas hechas por drones que mostraban diversas instalaciones artísticas en las escombreras. Los creadores de estas obras habían firmado contratos de gestión con una sociedad de gestión que representa los derechos y reclamaciones de los autores.

La sociedad de gestión argumentó que las fotografías aéreas de las instalaciones artísticas publicadas en el libro violaban el derecho de autor, ya que estas fotos no estaban cubiertas por la libertad de panorama. Por lo tanto, demandaron a la editorial por cese y desistimiento y por daños y perjuicios.

 

BGH confirma la infracción de derechos de autor

 

La demanda tuvo éxito en gran medida en el Tribunal Regional de Bonn y en el proceso de apelación ante el OLG Hamm. El BGH también rechazó la revisión de la editorial demandada. Los jueces de Karlsruhe determinaron inicialmente que la editorial había interferido con el derecho de los autores a la reproducción y distribución de sus obras al reproducir las obras protegidas por derechos de autor. Porque la reproducción y publicación de una fotografía aérea tomada con la ayuda de un dron no están cubiertas por la libertad de panorama según el § 59 Abs. 1 Satz 1 UrhG.

La libertad de panorama tiene como objetivo la exoneración de obras cuando y en la medida en que formen parte de un paisaje o paisaje urbano perceptible por el público, explicó además el Tribunal I. Zivilsenat del Bundesgerichtshof, que es responsable, entre otras cosas, del derecho de autor. Al interpretar la libertad de panorama según la Ley de Derechos de Autor y el equilibrio necesario entre la libertad de información y comunicación de los usuarios de obras por un lado y los legítimos intereses de los autores en ser adecuadamente contemplados en la explotación económica de sus obras, por otro, el interés de los autores debe considerarse más alto en el caso de fotografías aéreas tomadas por drones, determinó el Senado.

Para la práctica, esto significa que las fotos de las obras de arte protegidas por derechos de autor deben tomarse desde lugares accesibles al público, por ejemplo, desde la calle. A diferencia de las tomas desde el aire realizadas por drones, entonces se aplica la libertad de panorama.

 

Amplia protección por derechos de autor

 

Las obras de escritores, músicos, pintores, fotógrafos están ampliamente protegidas por los derechos de autor. Esto también incluye obras de las artes plásticas o de las artes aplicadas. El autor tiene automáticamente los derechos de explotación de su obra, que también puede ceder a una sociedad de gestión. Del mismo modo, puede otorgar a terceros los derechos de uso de su obra.

Este derecho de autor es limitado por la libertad de panorama. Sin embargo, la libertad de panorama solo permite el uso de obras de arte que se encuentren permanentemente en vías y plazas públicas y puedan ser percibidas por el público. En el caso de fotografías tomadas por drones, después del fallo del BGH, se debe tener cuidado. Aquí pueden surgir rápidamente infracciones de derechos de autor. Advertencias, demandas de cese y desistimiento y reclamaciones por daños pueden ser las consecuencias.

En disputas legales sobre el derecho de autor u otros temas de protección legal industrial MTR Legal Rechtsanwälte es su socio competente.

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