Cuando las marcas registradas no se utilizan de forma seria, pueden caducar. Esto también lo muestra una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 8 de junio de 2022 (Az.: T-26/21, T-27/21, T-28/21).
Las marcas representan un gran valor. Por ello, es aún más importante registrarlas y, con ello, protegerlas. Sin embargo, la protección de la marca puede perderse si el titular no la utiliza, explica la firma de abogados MTR Legal.
Que la protección de la marca caduque por falta de uso, lo tuvo que aprender un gran conglomerado tecnológico en el TJUE. La empresa había registrado entre 1997 y 2005 un signo denominativo como marca de la Unión Europea para ciertos productos informáticos.
En el año 2016, un competidor presentó en tres ocasiones solicitudes ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) para la caducidad de las marcas registradas. Argumentó que la marca no había sido utilizada de manera seria durante un período ininterrumpido de cinco años – entre 2011 y 2016. La EUIPO declaró la caducidad de la marca.
El titular original de la marca se defendió y presentó una demanda ante el TJUE. La empresa argumentó que la EUIPO no había considerado el alto grado de atención de los círculos interesados relevantes al evaluar el uso serio de la marca. La empresa intentó demostrarlo también mediante cifras de ventas.
Sin éxito. La empresa no demostró que la marca fuese utilizada de manera seria para los productos relevantes en el período entre 2011 y 2016, así lo estableció el TJUE. Aunque la empresa presentó, entre otros, artículos de prensa que prueban el éxito de la campaña publicitaria con la marca denominativa, estos artículos son más antiguos y no son relevantes para el período en cuestión.
La sentencia muestra que los titulares de marcas deben demostrar que utilizan una marca para que continúe protegida. Para la protección de la marca no basta con registrarla, también debe ser utilizada de manera seria. La carga de la prueba y explicación según jurisprudencia del Tribunal Supremo Federal recae en el titular de la marca.
Abogados experimentados en derecho de marcas pueden asesorar.