El Tribunal General confirma la protección de marca para una figura de juego

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Solicitud de nulidad de una marca 3D rechazada – Az. T-298/22

 

La forma de las figuras de un conocido fabricante de juguetes sigue protegida por la legislación de marcas tras una decisión del Tribunal de la Unión Europea (TUE) del 6 de diciembre de 2023 (Az.: T-298/22). El TUE rechazó con el fallo la solicitud de nulidad de la marca presentada por un competidor.

El diseño y la forma de un producto pueden tener un alto valor de reconocimiento para el consumidor. Por ello es importante para los fabricantes proteger la forma de un producto mediante su registro como marca. Fundamentalmente, también se puede proteger la apariencia de un producto o partes del mismo bajo la legislación de marcas. Sin embargo, el requisito para el registro de la marca es que la forma no sea necesaria para lograr un efecto técnico, según la firma de abogados MTR Legal, que asesora, entre otros, en derecho de la propiedad intelectual y derecho de marcas.

 

Necesidad técnica de la forma

 

La necesidad técnica de la forma de las figuras de juego también fue objeto del litigio que llegó hasta el Tribunal de la Unión Europea. El fabricante de las figuras de juego había registrado la forma de las figuras como una marca tridimensional de la Unión. Un competidor considera que este registro de marca es nulo y, por lo tanto, solicitó al Instituto de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) la cancelación de la marca, sin éxito.

Posteriormente, el competidor acudió al TUE y solicitó que la marca registrada fuera declarada nula. Justificó la solicitud de nulidad afirmando que la forma de las figuras con sistemas de acoplamiento solo servía para cumplir una función técnica y poder conectarse con otros bloques de construcción, por lo que la marca no era registrable.

 

El TUE reconoce otros aspectos esenciales

 

La cuestión decisiva para el TUE fue si la forma servía exclusivamente a una función técnica y, por lo tanto, no era realmente registrable, o si la forma también presentaba otros aspectos esenciales que no eran necesarios para lograr un propósito técnico. El TUE afirmó lo último.

El tribunal reconoció que las figuras cuentan con un determinado sistema de acoplamiento para ser compatibles con otros bloques de construcción del fabricante y titular de la marca. Sin embargo, esta función técnica no es el único propósito de la forma. Según el TUE, también incluyen elementos imaginativos y decorativos que van más allá de la funcionalidad pura. Por lo tanto, las figuras pueden tener una forma distinta a la típica y aún así mantener la misma funcionalidad. La forma es, por consiguiente, más una expresión de la libertad creativa del fabricante, indicó el TUE.

Dado que las figuras presentan al menos un aspecto esencial que va más allá de la función técnica pura, es posible su registro como marca 3D. Así, el TUE confirmó la evaluación del EUIPO y rechazó la solicitud de nulidad.

 

La función técnica pura no está protegida

 

El TUE añadió que el registro como marca de la Unión tampoco conduce a una posición de monopolio del fabricante demandado. A otras empresas se les permite desarrollar figuras que sean compatibles con el sistema de acoplamiento. Porque la función técnica pura, y por lo tanto el sistema de acoplamiento, no puede protegerse bajo la legislación de marcas. Las figuras de otros fabricantes, por supuesto, deben diferenciarse visualmente lo suficiente para no infringir el derecho de marca existente. Porque la forma característica de las figuras de juego está protegida por la legislación de marcas, dijo el TUE.

Además de las marcas 3D, también pueden protegerse mediante registro las marcas denominativas, marcas figurativas, marcas mixtas (denominativas y figurativas), marcas de color o marcas sonoras. El registro otorga al titular el derecho exclusivo de uso de la marca. La condición para el registro como marca es siempre que no haya un obstáculo a la protección y que la marca posea suficiente capacidad distintiva. En el derecho de marcas, el riesgo de confusión con marcas ya existentes es un punto de conflicto frecuente.

MTR Legal posee una amplia experiencia en derecho de la propiedad intelectual y derecho de marcas y le apoya tanto en el registro de una marca como en la protección de derechos de marca o en la defensa contra reclamaciones no fundadas.

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