El Tribunal General confirma la caducidad de una marca

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Si las marcas registradas no se utilizan de manera seria, pueden caducar. Esto también lo muestra una sentencia del Tribunal de la Unión Europea (TUE) del 8 de junio de 2022 (Asunto: T-26/21, T-27/21, T-28/21).

Las marcas representan un valor elevado. Por eso es aún más importante registrarlas y protegerlas. Sin embargo, la protección de la marca puede perderse si el titular no utiliza la marca, explica la firma de abogados MTR Rechtsanwälte.

Que la protección de la marca caduca por falta de uso tuvo que experimentarlo también un gran conglomerado tecnológico ante el TUE. La empresa había registrado entre 1997 y 2005 una marca denominativa como marca de la Unión Europea para ciertos productos informáticos.

En el año 2016, un competidor presentó ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) solicitudes de caducidad de las marcas registradas en tres ocasiones. Justificó las solicitudes afirmando que la marca no se había utilizado de manera seria durante un periodo ininterrumpido de cinco años, entre 2011 y 2016. En consecuencia, la EUIPO declaró la marca como caducada.

El titular original de la marca se opuso y presentó una demanda ante el TUE. La empresa argumentó que la EUIPO no había considerado el alto grado de atención de los círculos relevantes al evaluar el uso serio de la marca. Además, intentó demostrarlo con cifras de ventas.

Sin éxito. La empresa no demostró que la marca se utilizó de manera seria para los productos correspondientes en el periodo entre 2011 y 2016, según el TUE. Aunque la empresa presentó, entre otras cosas, artículos de prensa que probaban el éxito de la campaña publicitaria con la marca denominativa, estos artículos eran más antiguos y no relevantes para el periodo en cuestión.

La sentencia muestra que los titulares de marcas deben demostrar que utilizan una marca para que siga protegida. Para la protección de la marca no basta con registrarla; también se debe usar de manera seria. La carga de la prueba recae, según la jurisprudencia del BGH, en el titular de la marca.

Abogados con experiencia en derecho de marcas pueden asesorar.