El BGH sobre la prohibición de competencia posterior al contrato

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Sentencia del BGH del 23.04.2024 – Az. II ZR 99/22

 

Una prohibición de competencia post-contractual para los gerentes de GmbH también puede ser válidamente acordada si una infracción conduce retrospectivamente a la eliminación de la compensación de carencia. El BGH decidió esto en su sentencia del 23 de abril de 2024, fortaleciendo así la posición de las empresas (Az.: II ZR 99/22).

Durante el contrato en curso, los gerentes generalmente tienen una prohibición de competencia. Como esta prohibición ya existe por ley, no necesita estar contractualizada. Sin embargo, es diferente con una prohibición de competencia post-contractual. Esta debe ser expresamente acordada contractualmente entre las partes. Se deben cumplir estrictos requisitos legales. Una violación de estas regulaciones puede llevar a la invalidez de la prohibición de competencia post-contractual, según la firma legal MTR Legal Rechtsanwälte, que también asesora en derecho corporativo.

 

Disputa sobre compensación de carencia

 

En el procedimiento ante el BGH, una GmbH y su ex gerente se disputaban el pago de una compensación de carencia. La demandante era una sociedad que opera clínicas de curación y rehabilitación, así como residencias de ancianos y centros de cuidado. El contrato de trabajo celebrado en 2005 con el ex gerente de la sociedad incluía una prohibición de competencia post-contractual de dos años para el gerente. Además, se acordó contractualmente que todas las empresas que operan o pueden operar en el ámbito territorial y objetivo de la demandante deben ser consideradas como empresas competidoras.

A cambio, el ex gerente debía recibir una compensación de carencia equivalente al 50 por ciento del último salario mensual percibido, siempre que cumpliera con la prohibición de competencia. Además, se estipuló contractualmente que en caso de violación de la prohibición de competencia, el derecho a la compensación de carencia desaparecería y todos los importes ya recibidos debían devolverse a la sociedad.

 

Infracción de la prohibición de competencia post-contractual

 

En mayo de 2012, el demandado fue destituido como gerente por la sociedad y se rescindió la relación laboral. Un año después, en junio de 2013, el demandado asumió un cargo como gerente en una empresa de consultoría. Entre sus clientes se encontraban, entre otros, empresas del sector de la salud y el cuidado de ancianos, como clínicas, centros de rehabilitación o instalaciones para el cuidado de mayores.

El ex empleador consideró que la nueva actividad de su ex gerente constituía una violación de la prohibición de competencia de dos años. Por ello, las partes se disputaban el pago de la compensación de carencia.

 

El KG Berlín considera el acuerdo desproporcionado

 

El gerente tenía derecho a una compensación de carencia de aproximadamente 48,000 euros hasta el inicio de su nueva actividad. La sociedad no quiso pagar este importe. El Tribunal Regional Superior de Berlín confirmó que el ex gerente había violado la prohibición de competencia post-contractual. Sin embargo, sostuvo que la disposición de que una violación de la prohibición de competencia también conduciría retrospectivamente a la eliminación de la compensación de carencia excedía lo razonable. Por lo tanto, el gerente tenía derecho a la compensación de carencia hasta el inicio de su nueva actividad.

No obstante, el BGH llegó a una conclusión diferente en el procedimiento de revisión. El derecho del demandado a la compensación de carencia había desaparecido porque había violado la prohibición de competencia acordada contractualmente, según los jueces de Karlsruhe.

Una prohibición de competencia post-contractual solo está justificada si es necesaria para proteger a una parte del contrato de una explotación desleal de sus logros por parte del otro. Solo son válidas si no exceden lo necesario en términos de ámbito geográfico, objetivo y temporal, señaló el BGH.

 

El BGH confirma la eliminación retrospectiva de la compensación de carencia

 

En el caso presente, no se discute que la prohibición de competencia fue válidamente acordada. Si no fuera así, faltaría desde el principio el derecho a una compensación de carencia. Además, la cláusula sobre la eliminación retrospectiva de la compensación de carencia no es injusta, según el BGH. El Senado explicó que al acordar una prohibición de competencia post-contractual no se debe necesariamente prometer una compensación de carencia. Las partes del contrato pueden libremente acordar si se debe pagar una compensación de carencia y en qué cantidad. En consecuencia, también pueden estipular contractualmente la eliminación retrospectiva de la compensación de carencia.

La sentencia del BGH contribuye a que las prohibiciones de competencia post-contractuales puedan hacerse valer mejor. Esto abre la posibilidad para las empresas de proteger eficazmente sus secretos comerciales de la competencia. Los gerentes, por otro lado, deben prestar mucha atención al contenido de un acuerdo sobre una prohibición de competencia post-contractual para proteger sus intereses.

 

MTR Legal Rechtsanwälte asesora sobre prohibiciones de competencia y otros temas del derecho corporativo.

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