Donación en la transferencia de participaciones empresariales

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Sentencia del Tribunal Federal de Finanzas del 10.04.2024 – Az.: II R 22/21

 

Si un socio transfiere sus participaciones por debajo del valor a la sociedad, esto conduce a un aumento indirecto del valor de las participaciones de los demás socios y se considera una donación desde el punto de vista fiscal. Esto fue confirmado por el Tribunal Federal de Finanzas (BFH) con sentencia del 10 de abril de 2024 (Az.: II R 22/21). La liberalidad de la prestación a la sociedad no es un requisito para la imposición fiscal.

Si aumenta el valor de las participaciones en una sociedad de capital por la prestación gratuita de un co-socio o de un tercero, desde el punto de vista fiscal se considera una donación según el § 7 Abs. 8 Satz 1 de la Ley del Impuesto sobre Herencias y Donaciones (ErbStG), que se grava en consecuencia, según el despacho de abogados MTR Legal, que asesora, entre otras cosas, en derecho fiscal. De acuerdo con esta normativa, también se consideran liberalidades las aportaciones entre sociedades de capital, en la medida en que se realicen con la intención de enriquecer a los socios y en la medida en que en estas sociedades no participen los mismos socios directa o indirectamente en las mismas proporciones.

 

Heredan y venden participaciones en una GmbH

 

En el caso subyacente ante el BFH, una comunidad de herederos había heredado participaciones en una GmbH. Las demás participaciones eran controladas por una sociedad comanditaria (KG). La GmbH compró a los herederos sus participaciones por un precio de 300.000 euros. El precio de compra se basó en valoraciones empresariales de cuatro años de antigüedad. Según esto, las participaciones de los herederos tenían un valor de un millón de euros en la fecha clave.

La oficina fiscal competente valoró el valor de las participaciones empresariales de los herederos en alrededor de 1,8 millones de euros. Debido a la gran diferencia entre el precio de compra y el valor real de las participaciones, la oficina fiscal asumió una donación en el sentido del § 7 Abs. 8 Satz 1 ErbStG en beneficio de los demás socios. En consecuencia, la oficina fiscal estableció el impuesto sobre donaciones. La base de cálculo fue la diferencia de aproximadamente 1,5 millones de euros entre el precio de compra y el valor real de las participaciones.

 

Recurso contra la notificación del impuesto sobre donaciones

 

El demandante presentó recurso contra las notificaciones del impuesto sobre donaciones. Basó el recurso, entre otras cosas, en la falta de una «prestación» de un donante en el sentido del § 7 Abs. 8 Satz 1 ErbStG, ya que el término solo cubre aquellos actos que podrían aumentar el patrimonio de la sociedad de capital como receptora de la prestación. Sin embargo, al adquirir sus propias participaciones, la GmbH no aumentó el valor de su patrimonio social. No adquirió ningún valor patrimonial que no le perteneciera de todos modos. Sin un aumento de patrimonio en la sociedad, tampoco puede haber un aumento indirecto del valor de las participaciones de los socios. Además, no hay donación, ya que para ello, según el § 7 Abs. 8 Satz 1 ErbStG, se requiere una liberalidad y, por tanto, la gratuidad.

 

BFH: La liberalidad de la prestación no es requisito

 

El BFH aclaró en primer lugar que la cesión de las participaciones de los herederos constituía una prestación a la GmbH de acuerdo con el § 7 Abs. 8 Satz 1 ErbStG. Una prestación en el sentido de la norma es cualquier acto, tolerancia u omisión que provoque la entrega de patrimonio del donante. La cesión de participaciones de los herederos cumplió con el concepto de prestación, incluso si el proceso para la sociedad representa la adquisición de sus propias participaciones, según el BFH. La liberalidad de la prestación no es un requisito. Sin embargo, sólo existe una obligación tributaria si la prestación del donante ha conducido a un aumento real del valor de las participaciones, destacaron los jueces en Múnich.

El enriquecimiento no puede ser superior al valor razonable de la prestación parcialmente gratuita. En una transferencia parcialmente onerosa de participaciones a la GmbH, el valor razonable de la prestación efectuada se determina por la diferencia entre el valor razonable de la participación y el precio pagado por la GmbH. Además, el BFH dejó claro que no se puede otorgar ningún denominado descuento de exención según el § 13a Abs. 1 Satz 1 y Abs. 2 Satz 1 ErbStG para aumentos de valor de este tipo.

La decisión del BFH muestra que incluso en las transferencias de participaciones empresariales deben tenerse en cuenta las consecuencias fiscales de donación.

 

MTR Legal Rechtsanwälte asesora en impuesto sobre donaciones y otros temas de derecho fiscal.

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