Capaz de testar a pesar de la demencia

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Sentencia del LG Frankenthal sobre la capacidad testamentaria en casos de demencia – Az. 8 O 97/24

 

La esperanza de vida de las personas aumenta. Esta evolución también tiene sus aspectos negativos, ya que cada vez más personas padecen demencia. Sin embargo, una enfermedad de demencia no es sinónimo de incapacidad testamentaria. Así lo dejó claro el Tribunal de Distrito de Frankenthal con una sentencia aún no definitiva del 18 de julio de 2024 (Az.: 8 O 97/24).

Si una persona testamentaria no es capaz de evaluar el alcance de sus disposiciones testamentarias debido a una grave enfermedad mental y de actuar en consecuencia, existe incapacidad testamentaria según el § 2229 párr. 4 del BGB. Sin embargo, esto no significa que una enfermedad mental como la demencia conduzca automáticamente a la incapacidad testamentaria, según la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, que entre otras cosas, asesora en derecho de sucesiones.

 

La demencia no lleva automáticamente a la incapacidad testamentaria

 

El LG Frankenthal también destacó en su sentencia del 18 de julio de 2024 que la demencia no conduce automáticamente a la incapacidad testamentaria. Lo crucial es si la persona testamentaria, a pesar de su enfermedad, aún puede formarse un juicio claro sobre los efectos de sus disposiciones testamentarias y está en condiciones de tomar decisiones sin ser influenciada por terceros.

La testadora en el caso subyacente no tenía hijos ni parientes con derecho a herencia forzosa. En su testamento manuscrito de 2018, había nombrado heredero al hijo de una prima y a la esposa de este. Además, había dispuesto la ejecución testamentaria y nombrado a su asesora fiscal como ejecutora testamentaria. La testadora también era propietaria de una valiosa propiedad. El departamento en el piso superior de la casa estaba ocupado por el hijo de una amiga de la testadora.

 

Inicio de una enfermedad de demencia

 

A principios de 2021, la testadora se encontró en tratamiento hospitalario durante algunos días debido a una fractura ósea. El hospital, como diagnóstico secundario, también constató el inicio de una enfermedad demencial.

Poco después de su estancia en el hospital, la testadora de 90 años redactó un nuevo testamento notarial. En este testamento, legó toda la propiedad al hijo de su amiga, quien había vivido en el piso superior de su casa durante unos 30 años. En una nota se constata, además, que el notario considera que la testadora es plenamente capaz de realizar negocios y testamentos.

El testamento es válido

 

Algunos meses después, la testadora falleció. A solicitud de los herederos, la asesora fiscal designada como ejecutora testamentaria fue destituida por un motivo importante y un abogado fue nombrado en su lugar como ejecutor testamentario. Este no compartía la opinión del notario de que la testadora aún fuera capaz de testar. Para apoyar su argumento, presentó los informes médicos que certificaban el inicio de una evolución demencial. Mediante un procedimiento urgente, intentó que el tribunal determinara la incapacidad testamentaria de la testadora y declarara nulo el testamento notarial. Se buscaba así evitar que la valiosa propiedad de la mujer pasara a manos de su inquilino.

Sin embargo, en el LG Frankenthal, el ejecutor testamentario no logró avanzar con su argumentación. Dado que la ley de sucesiones presupone inicialmente la capacidad testamentaria, se debe probar lo contrario. El ejecutor testamentario no pudo hacerlo, según determinó el tribunal. Los informes médicos presentados tampoco cambiaron esto. Aunque en ellos se habla del inicio de una demencia, falta cualquier clasificación del grado de demencia. Sin esta, no se puede hacer una declaración fiable sobre la capacidad testamentaria. Porque, mientras que en el caso de una demencia moderada o grave ya no se puede suponer un testamento válido, en el caso de una demencia leve todavía se puede asumir capacidad testamentaria, dejó claro el LG Frankenthal.

 

La cuestión de la capacidad testamentaria es un punto de conflicto frecuente entre herederos

 

Dado que el tribunal no considera que el ejecutor testamentario pueda probar la incapacidad testamentaria de la testadora en un procedimiento principal, rechazó la solicitud urgente.

La cuestión de la capacidad testamentaria es un punto de conflicto frecuente entre herederos. Para evitar disputas hereditarias y asegurar que las disposiciones testamentarias se lleven a cabo según los deseos del testador, es recomendable redactar un testamento con la mayor previsión posible. En ese caso, puede ser recomendable que un médico especialista certifique la capacidad testamentaria. Su evaluación es significativamente más contundente que la de un notario, quien no es un perito médico.

 

MTR Legal Rechtsanwälte asesora en cuestiones relacionadas con el testamento y otros temas de derecho hereditario.

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