Las ganancias de la venta de criptomonedas como el Bitcoin están sujetas a impuestos. Así lo decidió el Tribunal Fiscal Federal con sentencia del 14 de febrero de 2023 (Az. IX R 3/22).
Las criptomonedas han estado sujetas a grandes fluctuaciones de precios en el pasado. Quienes compraron monedas virtuales como el Bitcoin en el momento adecuado y las volvieron a vender, pudieron obtener grandes ganancias. No estaba claro cómo se gravaban las ganancias especulativas con criptomonedas. El Tribunal Fiscal Federal ha aportado claridad al derecho fiscal con su decisión actual. Según ello, las ganancias obtenidas del comercio de criptomonedas dentro del plazo de especulación de un año están sujetas al impuesto sobre la renta, explica la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte, que tiene un enfoque en el derecho tributario.
En el caso subyacente, el demandante había intercambiado sus Bitcoin por las criptomonedas Etherum y Monero en 2017 y luego las había vuelto a intercambiar parcialmente. Todo dentro de un año. En última instancia, hubo una ganancia de alrededor de 3,4 millones de euros, que el demandante declaró adecuadamente ante la oficina de impuestos. Cuando la oficina de impuestos impuso alrededor de 1,4 millones de euros de impuesto sobre la renta, el inversor presentó una demanda en su contra.
Argumentó que las criptomonedas solo existen virtualmente y no son tangibles. Por lo tanto, no son un “bien económico” que esté sujeto a tributación. Además, existe un déficit estructural de aplicación en la tributación de las ganancias de la venta de criptomonedas.
Como ya sucedió en primera instancia, tampoco tuvo éxito con este argumento en el procedimiento de apelación. El Tribunal Fiscal Federal confirmó la decisión del Tribunal Fiscal de Colonia. Según ello, las criptomonedas virtuales son “otros bienes económicos” en el sentido del § 23, párrafo 1, número 2 EStG y están sujetas a impuestos sobre la renta como transacciones privadas de venta.
El término de bien económico debe interpretarse ampliamente y los detalles técnicos de las monedas virtuales no son relevantes para su naturaleza como bien económico, afirmó el BFH. Más bien, es suficiente que las criptomonedas se negocien en plataformas y bolsas y tengan un valor propio en el mercado. Además, también pueden usarse directamente como medio de pago. Como “otro bien económico”, están sujetos a un impuesto sobre las ganancias si se intercambian o venden dentro del plazo de un año, aclaró el BFH. También hay amplias obligaciones de información y posibilidades de control, por lo que no existe un déficit estructural de aplicación.
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