OLG Frankfurt: La separación no requiere mudanza de la vivienda conyugal
Antes del divorcio de un matrimonio, se debe cumplir el año de separación. Durante el año de separación, la pareja ya no forma una comunidad doméstica. Sin embargo, esto no significa automáticamente que uno de los cónyuges deba mudarse de la vivienda conyugal compartida. El OLG Frankfurt confirmó con una resolución del 28 de marzo de 2024 que los cónyuges pueden vivir separados en una vivienda común (Az.: 1 UF 160/23).
Aparte de casos excepcionales, el divorcio solo es posible cuando la pareja ha completado el año de separación. Durante el año de separación, los cónyuges no deben formar comunidad alguna. Deben vivir separados de mesa y cama. Sin embargo, puede ser posible que la vivienda conyugal siga siendo utilizada conjuntamente al menos temporalmente, según la firma legal MTR Legal Rechtsanwälte, que asesora, entre otros, en derecho de familia.
También el OLG Frankfurt ha dejado claro con su resolución del 28 de marzo de 2024, que la mudanza de uno de los cónyuges de la vivienda conyugal compartida no es un requisito para la separación. Esto aplica aún más si hay hijos comunes viviendo en el hogar, aclaró el Tribunal Superior de Justicia.
El momento de la separación es importante para el cálculo del reparto de ganancias
El momento de la separación de la pareja también es importante para la distribución de bienes. Con la solicitud de divorcio, existen derechos recíprocos de información sobre el patrimonio del cónyuge en el momento de la separación. Este derecho a la información pretende evitar manipulaciones patrimoniales que puedan reducir el reparto de ganancias del cónyuge con derecho a compensación.
En el caso subyacente ante el OLG Frankfurt, la pareja no estaba de acuerdo sobre el momento de la separación. Aunque los cónyuges se habían separado y querían divorciarse, continuaban viviendo bajo el mismo techo después de la separación debido a sus tres hijos menores de edad. Para poder calcular el reparto de ganancias después del divorcio, ambos cónyuges presentaron solicitudes recíprocas sobre información del patrimonio del otro al momento de la separación. El hombre señaló un momento posterior para la separación en comparación con la mujer. El tribunal de primera instancia responsable fijó la fecha posterior como la fecha de referencia para la separación.
No continuidad de la comunidad doméstica
La mujer apeló contra eso. Su apelación tuvo éxito ante el OLG Frankfurt. El OLG Frankfurt aclaró que para determinar el momento de la separación es preciso comprobar desde cuándo objetivamente ya no existía una comunidad doméstica entre los cónyuges y al menos uno de ellos ya no tenía interés en mantener la comunidad. Para la separación, no es necesario que un cónyuge se mude de la vivienda compartida. Es suficiente que los cónyuges vivan separados en la vivienda conyugal. Para ello es necesario un máximo grado de separación acorde a la situación espacial. Sin embargo, una separación completa no es necesaria, según el OLG.
La pareja debe, sin lugar a dudas, vivir y dormir separados y no llevar un hogar común. Las similitudes restantes deben considerarse insignificantes para una convivencia conyugal. Actos sustanciales ocasionales o servicios de cortesía no impiden la suposición de una separación, explicó el tribunal.
Relación amistosa no contradice la separación
Incluso una relación amistosa y razonable entre los cónyuges no contradice la suposición de una separación. Esto es especialmente cierto si todavía hay hijos en común viviendo en el hogar, según el OLG. En interés del bienestar infantil, los padres están obligados a mantener un comportamiento correcto incluso durante la separación. La conducta de los padres entre sí es a menudo decisiva para cómo los hijos pueden afrontar la separación de sus padres. Por tanto, «un trato cortés y comidas conjuntas con los hijos no contradicen la suposición de vivir separados», explicó aún más el OLG Frankfurt.
En el caso subyacente, los requisitos objetivos y subjetivos para la separación se cumplieron desde que la esposa informó claramente a su esposo por correo electrónico que rechazaba una comunidad doméstica. En ese momento, el esposo solo usaba un lugar para dormir y un baño en el sótano. No existía ya una relación personal entre los cónyuges, incluso si todavía había actos de cortesía individuales, como también ocurre fuera del matrimonio, explicó el OLG.
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