TSJ: Anticipo de comisiones al cancelar el contrato de agente comercial

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La libertad de rescisión de un agente comercial no debe ser restringida, ni siquiera indirectamente. Así lo dejó claro el BGH con sentencia del 19 de enero de 2023 (Az.: VII ZR 787/21).

El derecho comercial establece que tanto las empresas como los agentes comerciales pueden rescindir el contrato de agente comercial sin previo aviso por razón importante. Este derecho de rescisión no puede ser restringido de acuerdo con el § 89a HGB, según señaló la firma de abogados MTR Legal Rechtsanwälte.

El BGH fue un paso más allá con su decisión del 19 de enero de 2023. Declaró que también son nulas las cláusulas que sólo restringen indirectamente la libertad de rescisión del agente comercial.

En el caso subyacente, el demandado actuaba como agente comercial para la parte demandante. Según lo acordado contractualmente, recibía anticipos de comisiones que debía compensar con comisiones ganadas. Sin embargo, el agente comercial no logró compensar el saldo. Por lo tanto, la empresa y el agente comercial celebraron un contrato de préstamo. Este contenía la cláusula de que en caso de finalización del contrato del agente comercial, el saldo de la deuda del préstamo y los intereses acumulados hasta la fecha de finalización del contrato vencerían inmediatamente en una sola suma. Independientemente de quién hubiera rescindido el contrato.

Cuando el saldo había crecido a casi 55.000 euros, la empresa exigió al agente comercial el pago. Sin embargo, éste sólo transfirió los intereses y rescindió el contrato del agente comercial. La empresa entonces demandó el pago.

Mientras que la demanda fue desestimada en primera instancia, tuvo en parte éxito en el Tribunal Superior de Justicia de Düsseldorf. El tribunal reconoció el derecho de la empresa solo bajo la condición de que proporcionara al demandado una extracción de libros. El BGH anuló la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Düsseldorf. El acuerdo de pago inmediato del préstamo podría constituir una dificultad para la rescisión por parte del agente comercial, ya que, aunque no directamente, le traería severas desventajas indirectas, es decir, el pago inmediato del préstamo. Sin embargo, el derecho a la rescisión sin previo aviso tampoco debe ser restringido indirectamente, según el BGH.

La consecuencia de la restricción inadmisible del derecho de rescisión puede ser ahora que el agente comercial no deba devolver el préstamo en absoluto. Esto debe decidirlo ahora el Tribunal Superior de Justicia de Düsseldorf, al que el BGH ha devuelto el caso.