Reclamaciones de indemnización en caso de infracciones transfronterizas de la competencia
En los litigios contra las infracciones de la competencia, el derecho de la UE no se opone a una normativa nacional. Así lo decidió el TJUE en su sentencia de 16 de febrero de 2023 (As.: C-312/21).
En caso de reclamaciones de indemnización transfronterizas por infracciones de la competencia, se debe verificar si es aplicable el derecho nacional o si este contradice normas de la UE. La firma jurídica MTR Legal abogados asesora en derecho internacional.
Demanda de indemnización por infracción de la competencia
En el proceso ante el TJUE, dos empresas españolas presentaron una demanda de indemnización contra una sociedad alemana por una infracción del derecho de la competencia. Los demandantes argumentaron que habían sido perjudicados por la infracción y presentaron un informe pericial al respecto.
El tribunal español competente tenía dudas sobre si el derecho procesal español era compatible con el derecho de la UE. Según el derecho español, cada parte debe asumir sus propios costos y la mitad de los costos comunes. Para aclarar si esta normativa es conforme al derecho de la Unión, el tribunal planteó preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para una decisión prejudicial.
Derecho de la Unión no se opone a las disposiciones españolas
El TJUE determinó que el derecho de la Unión en relación con las reclamaciones de indemnización en el sentido de la Directiva 2014/104 no se opone a una norma procesal civil nacional, según la cual cada parte soporta sus costos y la mitad de los costos comunes, siempre que no exista un comportamiento abusivo. El TJUE añadió que tal normativa nacional no hace prácticamente imposible ni excesivamente difícil el ejercicio del derecho a una reparación completa del daño causado por la infracción de la competencia.
Responsabilidad extracontractual de las empresas
Para justificar, el TJUE destacó que, a diferencia de las reclamaciones de los consumidores, se trata aquí de un caso de responsabilidad extracontractual de las empresas. Aquí existe un equilibrio de fuerzas entre las partes, que podría ser restaurado por las medidas nacionales para la implementación de la Directiva 2014/104. Por lo tanto, es razonable que una parte parcialmente vencida también soporte sus propios costos o al menos parte de ellos, así como una parte de los costos comunes, si se le puede atribuir la generación de estos costos, por ejemplo, debido a reclamaciones excesivas durante el proceso.
Condiciones para la estimación del daño
Sobre la estimación del daño por parte de un tribunal nacional, el TJUE señaló que tal estimación presupone que se haya demostrado efectivamente un daño. Además, debe ser prácticamente imposible o al menos excesivamente difícil cuantificar el daño con precisión. No es necesario considerar la asimetría de información, ya que las dificultades para la determinación exacta del daño también pueden existir cuando ambas partes tienen el mismo nivel de información, según los jueces de Luxemburgo.
El trasfondo del proceso son reclamaciones de indemnización debido a una infracción del derecho de carteles establecida.
Abogado para derecho internacional
En caso de reclamaciones de indemnización transfronterizas, se debe consultar a un abogado con experiencia en derecho internacional .
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