Cumplimiento de contratos y fuerza mayor

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Debido a la pandemia del coronavirus o la guerra en Ucrania, el término de fuerza mayor o Force Majeure ha tenido gran auge en el derecho económico. Sin embargo, no todo se puede justificar con fuerza mayor.

Las crisis como la pandemia de coronavirus o la guerra en Ucrania tienen un impacto significativo en la economía. A esto se suman otros problemas que provocan escasez de suministros o la interrupción de cadenas de suministro. Esto hace que sea cada vez más difícil para muchas empresas cumplir con sus obligaciones contractuales garantizadas. A menudo se justifica con Force Majeure, pero no toda escasez de suministro implica fuerza mayor, dice el abogado Michael Rainer, despacho de abogados MTR Rechtsanwälte.

La fuerza mayor generalmente ocurre en el caso de eventos impredecibles e inevitables que están fuera del control de la parte contratante y que no se pueden evitar con medios razonables y aceptables. Sin embargo, esto no es un cheque en blanco para que las partes no cumplan con sus obligaciones contractuales. Esto también lo demuestra una sentencia del Tribunal Regional de Berlín del 24 de mayo de 2022 (Ref.: 21 U 156/21).

En el caso subyacente, un promotor inmobiliario se comprometió ante el comprador mediante un contrato notarial a entregar un apartamento listo para habitar el 30/06/2018. De hecho, el apartamento se entregó al comprador alrededor de dos años después, el 06/07/2020. El comprador tuvo que mudarse a un apartamento de alquiler debido a la entrega tardía del apartamento y exigió al promotor inmobiliario una indemnización por los costos incurridos.

El promotor inmobiliario rechazó al menos en parte la responsabilidad por la entrega tardía del apartamento. Así, debido a la pandemia del coronavirus, entre marzo y julio de 2020, los trabajadores de la construcción extranjeros no pudieron ingresar a Alemania. Además, durante este tiempo se produjeron escaseces de suministro y no se pudieron entregar materiales de construcción.

El KG Berlín no aceptó esta argumentación. El promotor debe demostrar de manera concreta qué circunstancia grave e impredecible afectó el proyecto de construcción, causando el retraso. Debe explicar de qué manera y por cuánto tiempo se interrumpieron los procesos de trabajo. Además, debe considerar también circunstancias beneficiosas para el tiempo de construcción, como la realización anticipada de servicios. Una invocación general de fuerza mayor es insuficiente. Dado que el promotor no pudo cumplir con estos requisitos, el tribunal lo condenó a indemnización por daños.

Abogados con experiencia en derecho económico pueden asesorar.