# El TJUE precisa los requisitos para los contadores inteligentes

> El TJUE niega el derecho a exigir un contador convencional y precisa los requisitos de protección y seguridad de los datos.

Source: https://www.mtrlegal.com/es/tjue-requisitos-contadores-inteligentes/ · Language: es · Updated: 2026-11-05

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El Europäischer Gerichtshof (EuGH, Tribunal de Justicia de la Unión Europea) ha precisado los requisitos del Derecho de la Unión aplicables al uso de contadores inteligentes de electricidad y a la transmisión de datos asociada ([sentencia del EuGH](https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=CELEX:62024CJ0468_RES) de 5 de noviembre de 2026, asunto C‑468/24). Según dicha sentencia, el Derecho de la Unión no obliga a un operador de red a atender la solicitud de un cliente final de rechazar un contador inteligente y proporcionar en su lugar un contador convencional. Al mismo tiempo, siguen siendo determinantes los requisitos del Derecho de la Unión en materia de seguridad de los datos y protección de datos personales.

## Litigio sobre la sustitución de un contador mecánico de electricidad

El procedimiento se refería a una clienta y a una operadora de la red eléctrica que desarrolla su actividad en el estado federado austriaco de Baja Austria. En virtud de un contrato de uso de la red, la clienta recibía electricidad de un tercero.

En el domicilio de la clienta había un contador mecánico de electricidad propiedad de la operadora de red. Su calibración expiraba el 31 de diciembre de 2023. Por este motivo, la operadora de red tenía previsto retirar el aparato y sustituirlo por un contador inteligente de electricidad.

La clienta no dio su consentimiento a la sustitución. En consecuencia, la operadora de red presentó una demanda ante el Bezirksgericht Tulln (tribunal de distrito de Tulln) el 9 de octubre de 2023. En particular, solicitó que se obligara a la clienta a tolerar la retirada y la instalación de un contador inteligente, así como a permitir el acceso al punto de medición. El Bezirksgericht estimó la demanda; como consecuencia del recurso de apelación, esta resolución no es firme y el procedimiento principal continuará ante el Landesgericht St. Pölten (tribunal regional de St. Pölten) tras la resolución prejudicial.

La clienta interpuso recurso de apelación contra esta resolución ante el Landesgericht St. Pölten. Este suspendió el procedimiento y solicitó al EuGH la interpretación de varias disposiciones del Derecho de la Unión; por tanto, todavía no se ha dictado una resolución firme sobre el recurso y el procedimiento principal continuará ante el Landesgericht St. Pölten tras la resolución prejudicial.

## Funcionamiento de los sistemas de medición inteligentes

### Diferencias entre las configuraciones de inclusión y exclusión voluntarias

Según las constataciones del Landesgericht St. Pölten, los contadores inteligentes pueden configurarse de diferentes maneras. En la denominada configuración opt-in, transmiten los valores de consumo del cliente final correspondientes a intervalos de quince minutos y diarios.

En una configuración opt-out, por el contrario, estos datos de consumo no se registran de forma continua. En comparación con un contador convencional, la diferencia consiste entonces en que la lectura anual requerida puede realizarse a distancia. En esta configuración no es necesario efectuar una lectura en el lugar donde se encuentra el aparato. La configuración activada en cada momento debe ser visible en la pantalla del contador.

### Objeciones de la clienta

En el procedimiento de apelación, la clienta se opuso a la instalación del contador inteligente. Por una parte, alegó estar expuesta a «electrosmog»; esta afirmación es controvertida en el procedimiento principal, que aún no ha concluido mediante resolución firme. Por otra parte, objetó que, a su juicio, el tratamiento de los datos no era suficientemente compatible con el Datenschutz-Grundverordnung (DSGVO, Reglamento General de Protección de Datos).

Según sus alegaciones, los contadores inteligentes no garantizaban una transmisión segura de los datos. Conforme a su exposición —no compartida por la operadora de red—, algunos datos se transmitían sin cifrar. Además, era posible registrar datos de contadores inteligentes vecinos o incluso de todos los contadores pertenecientes a la misma red de transformación.

La clienta alegó asimismo que los contadores inteligentes no estaban configurados de forma predeterminada en modo opt-out. El cliente final debía solicitar personalmente esta configuración a la operadora de red y posteriormente no podía comprobar si, pese a ello, se había accedido a sus datos.

## Marco normativo de la Unión y de Austria

### Requisitos aplicables a los sistemas de medición inteligentes

La Directiva (UE) 2019/944 contiene normas comunes para el mercado interior de la electricidad. Define un sistema de medición inteligente como un sistema electrónico capaz de medir la electricidad introducida en la red o consumida, proporcionar más información que un contador convencional y enviar y recibir datos mediante comunicaciones electrónicas con fines de información, supervisión y control.

En cambio, un contador convencional es un dispositivo de medición analógico o electrónico que no puede transmitir ni recibir datos. La Directiva fomenta la implantación de sistemas de medición inteligentes para permitir que los clientes finales participen activamente en el mercado de la electricidad y controlen mejor su consumo.

El artículo 20 de la Directiva (UE) 2019/944 exige, entre otras cosas:

- Los sistemas de medición deben poder registrar con precisión el consumo real de energía y proporcionar a los clientes finales información sobre los períodos reales de utilización.
- La seguridad de los sistemas de medición y de la comunicación de datos debe garantizarse de conformidad con las disposiciones pertinentes del Derecho de la Unión.
- La protección de la privacidad y de los datos de los clientes finales se rige por los requisitos del Derecho de la Unión en materia de protección de datos y de la privacidad.
- Antes de la instalación o durante esta, los clientes finales deben recibir información adecuada sobre las funciones del dispositivo y sobre la recogida y el tratamiento de datos personales.

El artículo 23, apartado 3, de la Directiva establece además que el tratamiento de datos personales en relación con los sistemas de medición inteligentes debe efectuarse conforme al RGPD.

### Régimen austriaco de exclusión voluntaria

El österreichische Elektrizitätswirtschafts- und -organisationsgesetz (ley austriaca de organización y del sector eléctrico) establece que el operador de red debe tener en cuenta el deseo de un consumidor final de no recibir un dispositivo de medición inteligente. Su regulación detallada se recoge en la Intelligente Messgeräte-Einführungsverordnung (reglamento austriaco sobre la implantación de dispositivos de medición inteligentes).

Si un consumidor final rechaza la medición mediante un dispositivo inteligente, el operador de red debe configurar el dispositivo que vaya a instalarse o que ya esté instalado de manera que no se almacenen ni se transmitan valores mensuales, diarios o de intervalos de quince minutos. Asimismo, deben desactivarse la función de desconexión y la función de limitación de potencia. La configuración correspondiente debe ser visible en el dispositivo de medición.

Sigue siendo posible transmitir la lectura del contador necesaria para fines de facturación o para la delimitación de períodos de consumo. En la medida en que el dispositivo tenga capacidad técnica para ello, esto también se aplica a la carga media máxima registrada durante un intervalo de quince minutos dentro de un año natural.

## No existe un derecho, conforme al Derecho de la Unión, a un contador convencional

### Los sistemas de medición inteligentes se fomentan expresamente

El EuGH interpretó los artículos 19, 21 y 22 de la Directiva (UE) 2019/944 en relación con su anexo II. Según el Tribunal de Justicia, tanto el tenor literal como el contexto normativo y los objetivos de la Directiva abogan por fomentar los sistemas de medición inteligentes.

En principio, los Estados miembros deben garantizar la implantación de estos sistemas. La implantación puede supeditarse a un análisis de costes y beneficios. Si este arroja un resultado positivo, al menos el 80 % de los clientes finales deben estar equipados con sistemas de medición inteligentes dentro del plazo establecido en el anexo II.

Si la implantación recibe una evaluación negativa y no se lleva a cabo una instalación sistemática, el cliente final debe poder solicitar, por su parte y bajo determinadas condiciones, la instalación de un contador inteligente. Los clientes finales que no estén equipados con uno de estos sistemas deben recibir contadores convencionales individuales que midan con precisión su consumo real.

### No existe un derecho general de oposición del cliente final

Sin embargo, según la sentencia, de estas disposiciones no se deriva ni un derecho general a un contador convencional ni el derecho a oponerse en todos los casos a la instalación de un sistema de medición inteligente.

Por tanto, conforme al Derecho de la Unión, un operador de red no está obligado a atender la solicitud de un cliente final de rechazar un contador inteligente y proporcionarle en su lugar un dispositivo que no pueda enviar ni recibir datos. Deben distinguirse de ello las normas más amplias que un Estado miembro establezca en su Derecho nacional.

## Los requisitos de seguridad de los datos no tienen que formar parte de la definición legal

El Landesgericht St. Pölten también quería saber si una disposición nacional puede definir el concepto de dispositivo de medición inteligente sin establecer ya dentro de esa definición requisitos concretos sobre la seguridad de los datos.

El EuGH respondió afirmativamente, con una condición esencial. Aunque las Directivas 2014/32/UE y (UE) 2019/944 contienen requisitos vinculantes relativos a la seguridad de los datos de medición y a la protección de los datos personales, estos requisitos deben haberse incorporado a las disposiciones nacionales sobre el uso de sistemas inteligentes de medición de electricidad.

Sin embargo, según la sentencia, no es necesario incluir todos los requisitos de seguridad directamente en la definición legal del concepto de «dispositivo de medición inteligente». También pueden derivarse de otras normas nacionales que regulen el uso de estos dispositivos.

Por tanto, la definición en cuestión no infringe el Derecho de la Unión siempre que el marco normativo nacional contenga en otras disposiciones los requisitos necesarios relativos a la seguridad de los datos y a la protección de los datos personales.

## El consentimiento de la Directiva sobre privacidad electrónica no se aplica a la transmisión de datos en la red eléctrica

### Requisitos del artículo 5, apartado 3, de la Directiva 2002/58/CE

El artículo 5, apartado 3, de la Directiva 2002/58/CE regula el almacenamiento de información o el acceso a información ya almacenada en el equipo terminal de un abonado o usuario. En principio, para ello se requiere un consentimiento basado en información clara y completa sobre los fines del tratamiento.

El EuGH debía aclarar si estos requisitos también se aplican a una red eléctrica a través de la cual pueden transmitirse datos personales de consumo. A este respecto, resultaba decisivo determinar si el contador inteligente debía clasificarse como equipo terminal de un abonado o usuario de una red de comunicaciones electrónicas disponible al público.

### La red eléctrica se utiliza principalmente para transmitir energía

Según la resolución, un sistema de medición inteligente solo está comprendido en el concepto de equipo terminal si está conectado directa o indirectamente a la interfaz de una red pública de telecomunicaciones. Además, la aplicación de la Directiva 2002/58/CE presupone que se presten servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público a través de redes públicas de comunicaciones.

Una red eléctrica que disponga de funciones de transmisión de datos no cumple estos requisitos por ese solo motivo. Su finalidad principal es la transmisión de energía eléctrica. No se utiliza total o principalmente para prestar servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público.

El cliente final tampoco utiliza un servicio de comunicaciones electrónicas disponible al público al transmitir sus datos de consumo al operador de red. La transmisión de datos constituye, más bien, un proceso técnico interno del operador de red. Sirve para medir el consumo de electricidad y para supervisar y controlar la red.

### Inaplicabilidad de los requisitos especiales de consentimiento

Por consiguiente, según la sentencia, el artículo 5, apartado 3, de la Directiva 2002/58/CE no es aplicable a una red eléctrica a través de la cual puedan transmitirse datos personales. Los requisitos de consentimiento que allí se establecen para acceder a información contenida en un equipo terminal no son aplicables en esta situación.

Al mismo tiempo, el Tribunal de Justicia aclaró que siguen siendo aplicables los requisitos de protección y seguridad de los datos establecidos en las demás normas pertinentes del Derecho de la Unión. En particular, el tratamiento de datos personales continúa rigiéndose por el RGPD y por los requisitos correspondientes de la Directiva (UE) 2019/944.

El considerando 16 del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1162, según el cual los contadores inteligentes deben considerarse equipos terminales y debe aplicarse la Directiva 2002/58/CE, no modificó esta conclusión. Un considerando puede contribuir a interpretar una disposición, pero no constituye en sí mismo una norma vinculante y, por tanto, no podía desvirtuar la interpretación del Tribunal de Justicia.

## Las demás cuestiones eran inadmisibles

El EuGH no respondió sobre el fondo a todas las cuestiones planteadas por el Landesgericht St. Pölten. Declaró inadmisibles tres de ellas.

Según el Tribunal de Justicia, la cuestión relativa a la Directiva 85/374/CEE sobre responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos no guardaba una relación suficiente con el objeto del litigio. El procedimiento no se refería ni a la responsabilidad de un fabricante ni a un defecto del dispositivo de medición existente o previsto.

El EuGH también consideró hipotética la cuestión de si el cliente final debía ser informado directamente en el contador sobre una consulta de datos en un «caso individual justificado». El objeto del procedimiento no era el acceso, en uno de estos casos, a datos de consumo ya transmitidos. Además, el Derecho austriaco prevé que se informe oportunamente al consumidor final.

La cuestión relativa a la consideración de la jurisprudencia del Europäischer Gerichtshof für Menschenrechte (Tribunal Europeo de Derechos Humanos) sobre el artículo 8 del EMRK (Convenio Europeo de Derechos Humanos) tampoco cumplía los requisitos. El órgano jurisdiccional remitente no había indicado ninguna resolución concreta ni había explicado suficientemente por qué esa jurisprudencia debía ser pertinente para el litigio principal.

## Importancia de la resolución para la protección de datos y el sector energético

La sentencia distingue entre la implantación de sistemas de medición inteligentes, fomentada por el Derecho de la Unión, y los requisitos que deben respetarse al tratar datos personales. No existe un derecho, conforme al Derecho de la Unión, a rechazar un contador inteligente. Tampoco es necesario que todos los requisitos de seguridad estén ya incluidos en la definición legal del dispositivo de medición inteligente.

Los requisitos especiales de consentimiento de la Directiva 2002/58/CE no se aplican a los datos de consumo transmitidos a través de una red eléctrica en el marco de un proceso técnico interno del operador de red. Esto no afecta, en particular, a los principios del RGPD, las obligaciones de información, los requisitos relativos a la seguridad del tratamiento ni las disposiciones de la Directiva (UE) 2019/944.

Por tanto, el tratamiento de datos de medición y consumo puede seguir planteando diversas cuestiones en materia de protección de datos para los operadores de red, las empresas energéticas y los clientes finales. MTR Legal Rechtsanwälte asesora a empresas y particulares en la evaluación jurídica de estas situaciones y ofrece [asesoramiento jurídico en materia de protección de datos](https://www.mtrlegal.com/rechtsberatung/it-recht/datenschutz/) adaptado a las circunstancias de cada caso concreto.
